3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/233-50)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Jaén, por la que se acuerda aprobar el Reglamento de Administración Electrónica.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

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Artículo 7. Contenidos de la Sede Electrónica.
1. La Sede Electrónica de la Universidad de Jaén incluirá, al menos, los siguientes
contenidos:
a) Identificación de la Sede Electrónica y de su titularidad.
b) La información necesaria para la correcta utilización de la Sede, entre la que se
incluirá el mapa de la Sede Electrónica, con especificación de la estructura de navegación
y las distintas secciones disponibles, así como la relacionada con la propiedad intelectual.
c) La información actualizada sobre la Sede, que incluirá su normativa reguladora y el
órgano responsable de su gestión y administración.
d) La relación de procedimientos, trámites administrativos y servicios disponibles en
la Sede Electrónica, en particular, acceso al Catálogo de Procedimientos y Servicios.
e) Enlace al Registro Electrónico General de la Universidad de Jaén, así como la
información de contacto de las Oficinas de asistencia en materia de registro que se
constituyan.
f) El Tablón Oficial Electrónico.
g) Enlace al perfil del contratante, donde se publicarán, en el marco de la normativa
de contratos del sector público, datos e información referente a la actividad contractual
del órgano de contratación de la Universidad de Jaén y demás servicios previstos por la
citada normativa.
h) Los medios disponibles para la formulación de quejas y sugerencias.
i) Un enlace al Boletín Oficial de la Universidad de Jaén.
j) Los servicios de asesoramiento electrónico al usuario para la correcta utilización de
la Sede Electrónica.
k) La información relacionada con la protección de datos y privacidad de la Universidad
de Jaén.
l) La información sobre acceso a la información y a los servicios por medios electrónicos.
m) Los sistemas de verificación de los certificados de la Sede Electrónica.
n) La relación de sellos electrónicos y sistemas de firma electrónica para la actuación
administrativa automatizada que se utilizan en los servicios, procedimientos y trámites
disponibles en la Sede Electrónica, a partir de su implantación.
ñ) El acceso a las notificaciones electrónicas y, en su caso, al estado de tramitación
del expediente.
o) Los instrumentos necesarios para el acceso por medios electrónicos a los servicios
públicos, incluidos la firma electrónica y aquellos otros que garanticen la validez de los
documentos firmados mediante este procedimiento. Se relacionarán los sistemas de
firma electrónica que son admitidos o utilizables desde la Sede.
p) Sistemas de comprobación de la autenticidad e integridad de los documentos
emitidos en la Sede Electrónica que han sido autenticados mediante código seguro de
verificación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 6. Gestión y administración.
1. La coordinación y supervisión de los contenidos de la Sede Electrónica corresponde
a la Secretaría General de la Universidad de Jaén. A tal fin, se establecerán las medidas
oportunas para la gestión tecnológica, administración material y mantenimiento de la
Sede Electrónica, así como para la actualización de los contenidos y de la información
de los trámites administrativos telemáticos y la publicación electrónica de actos y
comunicaciones, dictando las correspondientes instrucciones dirigidas a las unidades
administrativas responsables de la prestación de servicios y trámites telemáticos que en
cada caso sean competentes.
2. La gestión de cada uno de los procedimientos y servicios accesibles desde la Sede
Electrónica corresponderá a las unidades administrativas competentes de su tramitación,
las cuales deberán garantizar la veracidad y actualización de la información que sobre los
mismos se ofrece en la Sede.