3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/233-50)
Resolución de 29 de noviembre de 2022, de la Universidad de Jaén, por la que se acuerda aprobar el Reglamento de Administración Electrónica.
19 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

página 19723/5

2. Por acuerdo del Consejo de Gobierno podrá establecerse la obligatoriedad
de relacionarse por medios electrónicos para ciertos procedimientos y colectivos de
personas físicas adicionales a los anteriores que, por razón de su capacidad económica,
técnica, dedicación profesional u otros motivos quede acreditado que tienen acceso y
disponibilidad de los medios electrónicos necesarios.
TÍTULO II
LA SEDE ELECTRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD DE JAÉN
Artículo 3. Sede Electrónica. Creación y titularidad.
1. Se crea la Sede Electrónica única para la Universidad de Jaén, de conformidad con
las características que se indican en el presente Reglamento.
2. La Sede Electrónica de la Universidad de Jaén será accesible desde la dirección
electrónica https://sede.ujaen.es
Se habilitará un enlace a la Sede Electrónica en la página web de la Universidad de
Jaén (https://www.ujaen.es).
3. La titularidad de la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén corresponde a esta,
que garantizará, en los términos establecidos por el ordenamiento jurídico, la integridad,
veracidad y actualización de la información y los servicios accesibles a través de ella.
4. La Sede Electrónica de la Universidad de Jaén se ajustará a los principios de
transparencia, publicidad, responsabilidad, calidad, seguridad, accesibilidad, neutralidad,
e interoperabilidad, y funcionará de conformidad con lo establecido en la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Deberán garantizarse así mismo la disponibilidad, autenticidad, integridad,
confidencialidad y trazabilidad de los contenidos y servicios de la Sede Electrónica de
la Universidad de Jaén, conforme a los criterios del Esquema Nacional de Seguridad y
el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la administración electrónica.
5. Los miembros de la comunidad universitaria y la ciudadanía en general podrán
acceder, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén, a la información, los
servicios y los trámites electrónicos a los que se refiere el presente Reglamento.
En la Sede Electrónica se establecerán los medios necesarios para que la ciudadanía
conozca si la información o servicio al que accede corresponde a la propia Sede o a un
punto de acceso que no tiene dicho carácter.

Artículo 5. Fecha, hora oficial y calendario de la Sede Electrónica.
La Sede Electrónica se regirá por la fecha y la hora oficial de aplicación en la
Comunidad Autónoma de Andalucía, donde radica la Universidad de Jaén, debiendo
figurar de forma visible en la citada Sede Electrónica y contar con las medidas de
seguridad necesarias para garantizar su integridad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272904

Artículo 4. Disponibilidad.
La Sede Electrónica de la Universidad de Jaén se encontrará disponible todos los
días del año, durante las veinticuatro horas del día, sin perjuicio de las interrupciones
técnicas que sean necesarias realizar para su mantenimiento y mejora, o aquellas
otras producidas por causas no imputables a la Universidad de Jaén. En la medida de
lo posible, las interrupciones técnicas se anunciarán a través de la propia Sede y en
su caso, mediante avisos utilizando los medios que se consideren necesarios con la
antelación que, en su caso, resulte posible.