Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/233-2)
Orden de 29 de noviembre de 2022, por la que se convoca y se inicia de oficio el procedimiento para reconocer y declarar la condición de asociaciones profesionales del trabajo autónomo representativas de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

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Quinto. Documentación.
1. La solicitud irá acompañada de la documentación que se relaciona en el
apartado 2. Los documentos que se presenten serán originales, copias auténticas, copias
autenticadas o copias digitalizadas de los documentos originales, cuya fidelidad con el
original se garantizarán mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
2. Las asociaciones solicitantes presentarán la documentación siguiente:
a) Acta de constitución y Estatutos de la entidad.
b) Escritura de poder suficiente y subsistente para actuar ante la Administración
Pública de la persona física que actúe en nombre y representación de la entidad
solicitante, salvo que la capacidad de representación se contemple en los estatutos.
c) DNI/NIE/NIF de la persona representante de la entidad, para el caso de que se haya
producido oposición expresa a la consulta de datos a través del Sistema de Verificación
de Datos de Identidad. Cuando éste sea nacional de otro país comunitario deberá aportar
copia autenticada del número de identificación de extranjero y además, si es nacional de
terceros países copia autenticada del permiso de trabajo y residencia.
d) Tarjeta de identificación fiscal de la entidad solicitante.
e) Certificación acreditativa de la inscripción de la entidad en el Registro de
Asociaciones Profesionales del Trabajo Autónomo de Andalucía. En caso de entidades
integrantes de federaciones, confederaciones o uniones de asociaciones profesionales,
se deberá aportar dicha certificación de todas y cada una de ellas.
f) Certificación del órgano con representación legal del carácter intersectorial en el
que conste que las personas asociadas pertenecen en un porcentaje mínimo del cinco
por ciento respecto del total de asociados en al menos tres de los siguientes sectores
económicos: primario, construcción, industria y servicios.
g) Certificación del órgano con representación legal en el que conste el número total
de personas asociadas cotizantes al Régimen Especial de la Seguridad Social de los
Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos y el número y porcentaje de ellas que
tienen domicilio fiscal y sede profesional o de negocios en el territorio de Andalucía,
desagregando los datos por municipios/provincias, sexo, número de CNAE conforme a la
Clasificación Nacional de Actividades Económicas según la norma vigente de aplicación
y el sector de la actividad.
Dicha certificación deberá hacer constar el número personas afiliadas que lo sean
directamente de la asociación o a través de otra asociación integrada e inscrita en el
registro correspondiente.
h) Títulos de propiedad, alquiler o cesión de las sedes.
i) Certificación del órgano con representación legal de la asociación, federación,
confederación o unión de asociaciones del pago efectivo de las cantidades correspondientes
al arrendamiento.
j) Certificación del órgano con representación legal de la asociación con la relación
nominal de las personas trabajadoras por cuenta ajena que prestan servicios en la
misma, con indicación de nombre, apellidos y DNI, con una antigüedad mínima del año
natural inmediatamente anterior al de la solicitud de participación en la convocatoria.
k) Informe de vida laboral de la asociación o entidad, relativo a todos los códigos de
cuenta de cotización que posea, correspondiente al año natural inmediatamente anterior
al de la solicitud de participación en la convocatoria, para el caso que se haya producido
oposición expresa a la consulta de estos datos por parte del órgano competente.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Cuarto. Plazo para la presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día
siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la presente
orden de convocatoria.