5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/233-81)
Anuncio de 25 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el 19 de octubre de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 7) del PGOU de Vera (Almería), en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022
página 19469/18
- Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM):
Según los datos obtenidos en el Instituto Nacional de Estadística, la media de
vehículos por vivienda se establece en 1,50.
Considerando una media de 80 € por vehículo, los ingresos obtenidos a través de
este impuesto asciende a:
135 viv. x 1,50 x 80 € = 16.200 €/año
- Impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO):
Para el cálculo del importe de las licencias de obras de la edificación, para la
edificación residencial prevista en el plan parcial, podemos hacer una estimación
considerando un presupuesto de 500 €/m2.
Para un impuesto de construcción fijado en el 3,5%, y en caso de construirse la
totalidad de la edificabilidad de la Unidad, el impuesto ascendería a la cantidad de:
14.437,60 m2 x 500 €/m2 x 3,5 % = 252.658,00 €
16.3.5. Balance económico de la actuación.
Como resultado de las estimaciones de los nuevos gastos e ingresos que producirán
las nuevas actuaciones urbanizadoras, vemos el impacto sobre la Hacienda Local,
obteniendo el saldo resultante del incremento de los gastos e ingresos.
Ingresos:
IBI suelo
IBI edificaciones
IVTM
Total: 59.025,50
3.609,00
2.300,00
5.287,74
37.537,76
16.200,00
Por tanto, el balance es positivo para la Hacienda Pública Local.
En cuanto a los ingresos obtenidos por las licencias de edificación, al producirse estas
por una sola vez, no se han considerado en el balance, que determina la sostenibilidad
anual de desarrollo urbanístico.
16.4. Adecuación del suelo destinado a usos productivos.
Dentro de los contenidos del informe de sostenibilidad económica, no sólo debe
valorarse el nivel de afectación de la administración Local, sino también evaluar, si los
cambios en los usos productivos que generaran las actuaciones planteadas en la actuación,
están orientadas a adecuar el uso del suelo a las necesidades del municipio.
En este caso, no se producen cambios en los usos establecidos en el PGOU,
manteniéndose el uso residencial, por lo que se entiende que no ha lugar el desarrollo de
este apartado.
16.5. Conclusiones.
El análisis sobre la sostenibilidad económica de la actuación, para el desarrollo de
la U.A.-18 del PGOU de Vera, es favorable; ya que el balance económico es positivo,
porque los ingresos superan a los gastos, tanto en el momento de la ejecución, como en
años sucesivos, por lo que es sostenible, y por tanto, el Ayuntamiento podrá aplicar este
ahorro bruto positivo a gastos de inversión real para el conjunto de la ciudad, además de
los ingresos puntuales recibidos a través de las tasas de la edificación.
Por tanto, este plan es económicamente sostenible, en la hipótesis considerada en
esta memoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272662
Gastos:
Mant. Infraestructura Viarias
Mant. Zonas Verdes Públicas
Total: 5.909,00
BOJA
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022
página 19469/18
- Impuesto de vehículos de tracción mecánica (IVTM):
Según los datos obtenidos en el Instituto Nacional de Estadística, la media de
vehículos por vivienda se establece en 1,50.
Considerando una media de 80 € por vehículo, los ingresos obtenidos a través de
este impuesto asciende a:
135 viv. x 1,50 x 80 € = 16.200 €/año
- Impuesto de construcciones, instalaciones y obras (ICIO):
Para el cálculo del importe de las licencias de obras de la edificación, para la
edificación residencial prevista en el plan parcial, podemos hacer una estimación
considerando un presupuesto de 500 €/m2.
Para un impuesto de construcción fijado en el 3,5%, y en caso de construirse la
totalidad de la edificabilidad de la Unidad, el impuesto ascendería a la cantidad de:
14.437,60 m2 x 500 €/m2 x 3,5 % = 252.658,00 €
16.3.5. Balance económico de la actuación.
Como resultado de las estimaciones de los nuevos gastos e ingresos que producirán
las nuevas actuaciones urbanizadoras, vemos el impacto sobre la Hacienda Local,
obteniendo el saldo resultante del incremento de los gastos e ingresos.
Ingresos:
IBI suelo
IBI edificaciones
IVTM
Total: 59.025,50
3.609,00
2.300,00
5.287,74
37.537,76
16.200,00
Por tanto, el balance es positivo para la Hacienda Pública Local.
En cuanto a los ingresos obtenidos por las licencias de edificación, al producirse estas
por una sola vez, no se han considerado en el balance, que determina la sostenibilidad
anual de desarrollo urbanístico.
16.4. Adecuación del suelo destinado a usos productivos.
Dentro de los contenidos del informe de sostenibilidad económica, no sólo debe
valorarse el nivel de afectación de la administración Local, sino también evaluar, si los
cambios en los usos productivos que generaran las actuaciones planteadas en la actuación,
están orientadas a adecuar el uso del suelo a las necesidades del municipio.
En este caso, no se producen cambios en los usos establecidos en el PGOU,
manteniéndose el uso residencial, por lo que se entiende que no ha lugar el desarrollo de
este apartado.
16.5. Conclusiones.
El análisis sobre la sostenibilidad económica de la actuación, para el desarrollo de
la U.A.-18 del PGOU de Vera, es favorable; ya que el balance económico es positivo,
porque los ingresos superan a los gastos, tanto en el momento de la ejecución, como en
años sucesivos, por lo que es sostenible, y por tanto, el Ayuntamiento podrá aplicar este
ahorro bruto positivo a gastos de inversión real para el conjunto de la ciudad, además de
los ingresos puntuales recibidos a través de las tasas de la edificación.
Por tanto, este plan es económicamente sostenible, en la hipótesis considerada en
esta memoria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00272662
Gastos:
Mant. Infraestructura Viarias
Mant. Zonas Verdes Públicas
Total: 5.909,00