5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/233-81)
Anuncio de 25 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, por el que se dispone la publicación del acuerdo adoptado por la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo, en sesión celebrada el 19 de octubre de 2022, por el que se aprueba definitivamente la Innovación (Modificación Puntual núm. 7) del PGOU de Vera (Almería), en los términos establecidos en el apartado 1 del punto primero de la parte dispositiva del referido acuerdo.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 233 - Lunes, 5 de diciembre de 2022

página 19469/11

Área de reparto: AR-22.
Identificación: Unidad de Actuación núm. 18 del PGOU de Vera.
Uso característico: Residencial.
Superficie total (m2 de suelo): 18.047 m2.
Edificabilidad máxima: 0,80 m2/m2.
- Superficie construida máxima: 14.437,60 m2(t).
- Superficie construida uso Residencial: 14.437,60 m2(t).
- Porcentaje Vivienda VPP: 30%.
- Superficie construida uso Residencial VPP: 4.331,28 m2(t).
Aprovechamiento medio: 0,728 U.A./m2 .
.- Aprovechamiento objetivo: 13.138,21 U.A.
- Aprovechamiento subjetivo (90%): 11.824,38 U.A.
- Cesión 10% Aprovechamiento medio: 1.313,83 U.A.
Densidad máx. de vivienda/hectárea: 75 viv/ha.
Número máximo de viviendas: 135 viviendas.
Usos:
Característicos:
- Residencial Colectivo.
- Residencial Unifamiliar.
Compatibles:
- Terciario.
- Espacios Libres.
- Dotacional.
- Aparcamientos.
Prohibido:
- Industrial.
Coeficientes de ponderación:
- Residencial: 1,00.
- Residencial VPP: 0,70.
- Terciario: 1,00.
Edificabilidad máxima: 0,80 m2/m2 = 14.437,60 m2(t).
- Residencial: 10.106,32 m2(t).
- Residencial VPP: 4.331,28 m2(t).
Aprovechamiento objetivo: 13.138,21 U.A.
- Residencial: 10.106,32 U.A.
- Residencial VPP: 3.031,89 U.A.
Número máximo de plantas:
- 3 plantas (planta baja + 2).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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11. Determinaciones básicas de la Unidad de Actuación núm. 18 propuesta en la
Modificación núm. 7 del PGOU de Vera.
El objeto de la presente Modificación Puntual, tal y como se ha citado anteriormente, es la
clasificación de la Unidad de Actuación en Suelo Urbano No Consolidado de uso Residencial
denominada Unidad de Actuación núm. 18, sobre suelos ya clasificados como Suelo Urbano.
La Unidad de Actuación núm. 18, delimitada en los planos adjuntos, se sitúa en el
límite Este del Núcleo Urbano de Vera.
En dichos terrenos se ubicaba el antiguo Club de Tenis de Vera, con unas instalaciones
en deterioro y no adecuadas para su uso.
Se trata, igualmente, de dar cumplimiento al convenio urbanístico suscrito en 2002 y
satisfacer las necesidades municipales recogidas en dicho convenio.
Las determinaciones básicas que regirán en la Unidad de Actuación núm. 18 son las
siguientes: