Autoridades y personal. Universidades. (2022/232-28)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se realiza convocatoria pública de contratación laboral temporal de personal investigador y técnico de apoyo, por circunstancias de la producción, con cargo a programas, proyectos o ayudas de investigación determinados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022

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b) Formación relacionada con las tareas a desempeñar (hasta un máximo de 2 puntos).
c) Experiencia profesional relacionada con las tareas a desarrollar (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
Las Comisiones de Selección quedarán facultadas para establecer si es necesaria,
en función del número de participantes, la realización de la entrevista para valorar la
aptitud para el puesto y la puntuación mínima exigible en los apartados anteriores para
su realización, quedando aquellos aspirantes que no la alcancen eliminados del proceso
selectivo. En este supuesto la realización y valoración de la entrevista corresponderá
conjuntamente a la Comisión de Selección y al Investigador Principal (hasta un máximo
de 2,5 puntos).
La convocatoria para la asistencia a entrevistas se publicará en la página web del
Vicerrectorado de Investigación http://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal
con una antelación mínima de 48 horas. Junto con la convocatoria de asistencia a las
entrevistas se publicarán los criterios genéricos de valoración de las entrevistas tales
como: experiencia previa, conocimientos sobre las tareas a desarrollar, aptitud ante la
resolución de problemas, etc.

10. Resolución y publicación.
La adjudicación provisional se dictará y publicará en la página web del Vicerrectorado de
Investigación (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal), concediéndose
un plazo de cinco días a partir del siguiente al de su publicación para la presentación
de alegaciones contra la misma. Las alegaciones se presentarán a través el Registro
General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do)
o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272870

9. Comisión de Selección de las solicitudes.
La selección de los candidatos se llevará a cabo por una Comisión de Selección, cuya
composición se publicará en el Anexo I de cada convocatoria. Dicha Comisión estará
constituida por tres investigadores, de titulación igual o superior a la exigida para la plaza
convocada, designadas por la Comisión de Investigación de la Universidad de Sevilla, de
los que al menos uno de ellos tendrá que ser investigador en la línea de investigación a la
que se vincula el contrato. Se podrán nombrar suplentes para cada uno de los miembros.
Todos los miembros de estas Comisiones de Selección quedan sujetos al cumplimiento
de la legislación vigente en cuanto a los motivos de abstención y recusación, debiéndolo
notificar si efectivamente se dieran, a la Comisión de Investigación de la Universidad
de Sevilla, para que, en su caso, con anterioridad a la iniciación del procedimiento de
valoración, proceda al nombramiento y publicación de los nuevos miembros de la
Comisión de Selección.
Con carácter previo a la decisión de la Comisión de Selección, los respectivos
investigadores principales de los programas, ayudas, proyectos o contratos de investigación
adscritos a las líneas de investigación a las que se vaya a vincular el investigador emitirán
un informe no vinculante donde se incluirá una lista baremada de los candidatos de
acuerdo con los criterios de valoración establecidos en los correspondientes anexos de la
convocatoria.
La selección del personal investigador y de apoyo se efectuará en régimen de
concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, así como los de eficacia en el cumplimiento de
los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.
La selección se realizará con respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad,
mediante la valoración de los documentos aportados en la solicitud, basando la decisión
en criterios de adecuación al perfil que figure en la convocatoria; quedarán debidamente
acreditados en el expediente los fundamentos del acuerdo que se adopte.