Autoridades y personal. Universidades. (2022/232-28)
Resolución de 28 de noviembre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se realiza convocatoria pública de contratación laboral temporal de personal investigador y técnico de apoyo, por circunstancias de la producción, con cargo a programas, proyectos o ayudas de investigación determinados.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022

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En dicha propuesta figurarán los adjudicatarios y las personas integrantes de la lista
de reserva en cada una de las modalidades de contratación convocadas.
Esta adjudicación provisional se tendrá por aceptada cuando una vez propuesta la
persona adjudicataria los restantes admitidos al concurso no efectúen alegaciones o
comuniquen el desistimiento de su solicitud.
Resueltas las alegaciones presentadas contra la resolución provisional de
adjudicación, se elevará la relación definitiva de adjudicatarios al Rector de la Universidad
de Sevilla, el cual dictará la resolución definitiva de adjudicación que será publicada en el
Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Sevilla (https://www.us.es/tablon-virtual)
de conformidad con lo establecido en los artículos 4.5 del Reglamento del Boletín Oficial
de la Universidad de Sevilla y 11.1 del Reglamento de creación y regulación de la Sede
Electrónica de la Universidad de Sevilla y en la en la página web del Vicerrectorado de
Investigación: (https://investigacion.us.es/investigacion/contratos-personal). En dicha
resolución de adjudicación figurarán los adjudicatarios de los contratos y las personas
que integren las listas de reserva en cada una de las modalidades de contratación. Esta
resolución del procedimiento agotará la vía administrativa.
Tras la publicación de la resolución de adjudicación de los contratos, el adjudicatario
dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, para aceptar el contrato adjudicado, que
supondrá su exclusión inmediata en el resto de las listas de las bolsas de trabajo de otras
plazas en las que también pudiera haber resultado seleccionado, o la renuncia al mismo,
pudiendo ser su plaza ocupada por el candidato que figure en la lista de reserva según el
orden establecido en la resolución.
La aceptación a la adjudicación del contrato o la renuncia a la misma, se presentarán
a través el Registro General de la Universidad de Sevilla (https://rec.redsara.es/registro/
action/are/acceso.do) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Una vez comunicado al candidato que figure en la lista de reserva la posibilidad de
ocupar la plaza, se entenderá como nuevo adjudicatario y dispondrá igualmente de un
nuevo plazo de 3 días hábiles para realizar la aceptación o renuncia, con los mismos
efectos establecidos en párrafos anteriores.
Pasados los 3 días hábiles sin recibir comunicación por parte del interesado bien de
renuncia o aceptación, se entenderá que desiste del contrato adjudicado.
11. Obligaciones del trabajador/a.
Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.

13. Cláusula de protección de datos.
En aplicación del principio de transparencia y lealtad regulado en el Reglamento
General de Protección de Datos RGPD UE 2016/679 y en la L.O. 3/2018 de protección
de datos personales y garantía de derechos digitales, se le informa que la Universidad de
Sevilla es responsable del presente tratamiento, «gestión de la investigación en la US»
que, entre otras, tiene como finalidad la «contratación y gestión de RRHH en investigación
con cargo a ayudas a la investigación». El tratamiento es necesario para el cumplimiento
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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12. Renuncia al contrato iniciado.
Las renuncias a los contratos deberán presentarse, a través del Registro General
de la Universidad de Sevilla:(https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) o por
cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El
investigador responsable podrá solicitar al Vicerrectorado competente la sustitución del
renunciante por la persona suplente.