3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/232-42)
Resolución de 18 de noviembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se da publicidad a la encomienda de gestión mediante convenio entre la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación y la Universidad de Cádiz, para la evaluación de solicitudes del Plan de Carrera Científica de Excelencia, Plan CIE, conforme al acuerdo marco de Consejo de Gobierno, de 30 de julio de 2021, y convocatorias que lo desarrollan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 232 - Viernes, 2 de diciembre de 2022

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3. Que la UCA y ANECA tienen un interés común en colaborar en el desarrollo
de acciones que tengan por objeto el diseño y evaluación de diferentes programas y
actuaciones de la UCA, y el desarrollo de dicha cooperación se guía únicamente por
consideraciones relacionadas con el interés público.
4. Que la UCA ha adoptado como objetivo estratégico la captación y retención de
talento investigador y, tal como refleja su vigente Plan Estratégico, PEUCA 3, en las
siguientes líneas:
Línea de acción 3.1: Desarrollar y priorizar una investigación de calidad, interdisciplinar
y de impacto internacional.
Acción 7. Promover y consolidar el Plan de Carrera Investigadora de Excelencia,
en sintonía con la línea de acción 6.6 de retención de talento investigador.
Línea de acción 6.6: Generar instrumentos para identificar, captar y retener talento
entre estudiantes e investigadores.
Acción 1. Actualizar la Política de Captación y Retención de Talento Investigador,
regulando los mecanismos para facilitar la acogida e integración de los
investigadores posdoctorales que se incorporan a la UCA, así como la formación
docente.
Acción 2. Definir mecanismos claros y efectivos para incorporar investigadores
posdoctorales de convocatorias externas que garanticen su permanencia y afinidad
en la UCA.
Acción 4. Desarrollar buenas prácticas en contratación de investigadores,
consolidando el sello europeo ʻHR Excellence in Research (HRS4R)’, agilizando
los procedimientos de contratación.
5. Que para el desarrollo de lo expuesto en el punto 4, la UCA ha aprobado por
su Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2021, BOUCA núm. 339, el Acuerdo Marco
para la Integración y Estabilización de Investigadores Contratados Posdoctorales,
que ha denominado Plan CIE, «Carrera Investigadora de Excelencia-Integración y
Estabilización».
6. Que dicho Plan CIE, que se desarrollará mediante convocatorias específicas,
requiere de la intervención de una Agencia Evaluadora Independiente que preste su
colaboración a la UCA para la evaluación de los méritos de las personas solicitantes.
De conformidad con lo anterior, ambas partes acuerdan suscribir la presente
encomienda formalizada por convenio de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 11.3.b) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, con arreglo a las siguientes
CL ÁUSUL AS

Segunda. Obligaciones de ANECA.
ANECA se compromete a.
a) Designar en cada convocatoria un comité ad hoc con evaluadores expertos en los
campos científicos de las solicitudes, que será la encargada de evaluar las solicitudes
recibidas, y que responderán al perfil requerido para formar parte de las Comisiones de
Acreditación Nacional a Cuerpos Docentes Universitarios.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272146

Primera. Objeto.
El objeto de esta encomienda es que ANECA evalúe las solicitudes presentadas para
los programas del Plan CIE de la Universidad de Cádiz, denominados UCA Integra y UCA
Estabiliza, conforme a las sucesivas convocatorias que se publiquen de los mismos.
La evaluación de las solicitudes se efectuará conforme con los criterios, formas y
prioridades de valoración establecidos en cada convocatoria.