Autoridades y personal. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/230-11)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., por la que se convoca el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para un puesto de técnico de operaciones CEDEFO incluido en la Oferta de Empleo Público de 2021 y generación de bolsa en Andalucía.
33 páginas totales
Página
Número 230 - Miércoles, 30 de noviembre de 2022

página 19415/19

6.8. Reconocimiento médico. Constatada la disponibilidad del candidato se procederá
de nuevo, si fuera necesario por el tiempo transcurrido, a la realización del reconocimiento
médico correspondiente del puesto a ocupar.
Se realizará un reconocimiento médico con las pruebas médicas pertinentes al objeto
de determinar que cada persona está exenta de toda enfermedad orgánica, de toda
secuela de accidente y de cualquier discapacidad física o psíquica que pueda constituir
una dificultad en la práctica profesional, teniendo como base, los criterios que se indican
en el Anexo C.
En el caso que del reconocimiento médico se deduzca la imposibilidad de la persona
candidata para el desempeño de las funciones del puesto de trabajo, no se considerará
superado el periodo de prueba. Si estas circunstancias fueran de carácter reversible,
se procederá a la reincorporación a la bolsa, del candidato no apto médicamente, en el
último lugar de prelación. Si tal imposibilidad para el desempeño del puesto de trabajo
fuera de carácter permanente, se procederá a la salida definitiva de la bolsa.
Las personas seleccionadas para la contratación temporal, deberán superar el
reconocimiento médico. La falta de presentación al reconocimiento médico le excluirá del
proceso selectivo.
6.9. La modificación en una oferta de empleo público de los méritos por experiencia
y formación conllevará la necesidad de constituir una nueva Bolsa de empleo temporal,
por tanto, la vigencia de la Bolsa de empleo creada al amparo de las presentes bases se
mantendrá hasta que se genere una nueva Bolsa como consecuencia de la publicación
de una nueva convocatoria de oferta pública de empleo para el puesto de B.F. Técnico/a
de Operaciones CEDEFO.
6.10. Causas de suspensión.
a) Causas. La justificación de una renuncia a la oferta de contratación será valorada
por el Comité de Selección. Se considerará causa justificada, no penalizando a las
personas de la Bolsa de empleo y permaneciendo en el mismo orden en situación de
suspensión, las personas aspirantes que en el momento de producirse el llamamiento
rechacen la oferta de contratación por alguna de las siguientes causas:
a) Enfermedad acreditada.
b) Maternidad, durante el periodo de embarazo y las dieciséis semanas posteriores
al parto o dieciocho si se trata de parto múltiple.
c) Por causa de violencia de género.
d) Por cuidado de familiar de hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad,
que por razones de edad, accidente o enfermedad no pueda valerse por sí mismo
y no desempeñe actividad retribuida, por un plazo máximo de tres años.
e) Por ejercer un cargo público o estar dispensado por acumulación de crédito de
horas de miembros de comité de empresa o delegados sindicales.
b) Notificación y plazos. Es responsabilidad de la persona candidata, la acreditación
documental en tiempo, de la causa de suspensión, así como la notificación de la remisión
de la misma.
Las causas de suspensión de llamamientos deberán ser justificadas documentalmente
en el plazo máximo de los 15 días naturales, siguientes a aquel en que se produjo el
llamamiento; debiendo necesariamente notificarlo a la Agencia por escrito, a través de
sus oficinas provinciales, o mediante el correo electrónico
oferta.empleo.amaya@juntadeandalucia.es; de no hacerlo, se aplicarán las penalizaciones
correspondientes de cambio de orden.
Finalizada la causa que dio origen a la suspensión, las personas aspirantes deberán
notificarlo de nuevo por escrito, a través de los medios indicados, en el plazo máximo
de 15 días naturales, desde que desapareció dicha causa. Si no lo comunicase o la
comunicación se efectúa con posterioridad a dicho plazo, se aplicarán las penalizaciones
correspondientes de cambio de orden.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272611

BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía