Autoridades y personal. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/230-11)
Resolución de 23 de noviembre de 2022, de la Agencia de Medio Ambiente y Agua de Andalucía, M.P., por la que se convoca el proceso selectivo de ingreso en el Servicio Operativo de Prevención y Extinción de Incendios Forestales de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para un puesto de técnico de operaciones CEDEFO incluido en la Oferta de Empleo Público de 2021 y generación de bolsa en Andalucía.
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Número 230 - Miércoles, 30 de noviembre de 2022

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puesto, en base a la documentación presentada y según el mismo orden de prelación de
la bolsa.
6.2. A efectos de localización para cubrir una vacante las personas aspirantes quedan
vinculadas a los datos consignados en la solicitud. El domicilio, correo electrónico y los
teléfonos registrados se considerarán los únicos válidos para efectuar las notificaciones,
siendo responsabilidad exclusiva de la persona incluida en la Bolsa, tanto los errores
en su consignación, como la falta de comunicación de cualquier cambio de domicilio,
dirección de correo electrónico o teléfonos.
Los miembros de la bolsa que deseen modificar alguno de los datos personales de
contacto por inexacitud, carácter incompleto o actualización de los mismos, deberán
enviar un correo electrónico a la dirección oferta.empleo.amaya@juntadeandalucia.es y
se les darán indicaciones del procedimiento para hacerlo.
6.3. Una vez generada la necesidad de contratación temporal de personal, se ofertará
la vacante a las personas incluidas en la Bolsa, por estricto orden de puntuación y centros
de elección.
6.4. No localizaciones. El llamamiento para el ofrecimiento de una vacante será
mediante llamada telefónica. No contestada la llamada se realizarán otros dos intentos
más, con un intervalo mínimo de media hora. De no ser posible establecer contacto
en estos intentos, se registrará una primera «No Localización». Durante la tentativa de
localización, no atendida la primera llamada se iniciarán los trámites para establecer
contacto con el siguiente candidato/a, por su orden de puntuación, al objeto de ofrecerle
las vacantes disponibles.
Se dejará constancia de los intentos fallidos de establecer contacto y se comunicará
a la persona la «No Localización» con el envío de una notificación en la dirección de
correo electrónico facilitada en la solicitud. La persona no localizada se mantendrá en
el mismo orden de prelación hasta una segunda tentativa de localización para cubrir
una nueva necesidad, una vez transcurridas al menos 24 horas respecto de la primera
No localización. En el caso de mantenerse la situación de imposibilidad de contacto, el
registro de las segundas o sucesivas no localizaciones irá acompañado de la bajada a
la última posición de la Bolsa. Esta penalización (bajada al final de la Bolsa) se aplicará
únicamente a los llamamientos referidos a plazas de TOP CEDEFO de los centros
seleccionados en la solicitud. El registro de una ‘No Localización’ nunca implicará bajada
al final de la Bolsa si las plazas disponibles son a otros puestos distintos a TOP Cedefo:
TOP COP/COR, BRICA, Medios Aéreos, Analista.
6.5. Renuncias. La no aceptación o renuncia del puesto ofertado, formulada
expresamente en el llamamiento, supondrá el paso a ocupar el último lugar en el orden
de prelación de la Bolsa, salvo causa justificada, que será valorada por el Comité de
Selección. Esta penalización (bajada al final de la Bolsa) se aplicará únicamente a los
llamamientos referidos a plazas de TOP CEDEFO de los centros seleccionados en la
solicitud y no a otros puestos distintos.
6.6. Pruebas físicas anuales. Atendiendo a la necesidad de superación de las pruebas
físicas con carácter anual, según el convenio de aplicación, aquellas personas incluidas
en Bolsa que en sucesivos llamamientos no resultaran con calificación de “Apto”, no
se presentaran a la realización de pruebas físicas al ser convocados o no pudieran ser
localizados, recibirán igual tratamiento que en el caso de no aceptación o renuncia.
La no presentación al ser convocados, se considerará justificada y sin penalización
sólo en los casos que se acredite documentalmente la circunstancia de causa mayor o
enfermedad que impida su realización, recibiendo la persona candidata el tratamiento de
suspensión en la Bolsa, aplicándose el artículo 6.11.
6.7. Baja voluntaria. Una vez causada el alta en la Agencia, la renuncia del/la
trabajador/a a la prestación del servicio o no presentándose a tomar posesión del puesto
en la fecha acordada sin causa justificada, supondrá pasar a la última posición de la
bolsa de empleo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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