3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-92)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento del Consorcio de Transporte Metropolitano del área de Almería. Ejercicio 2020.
51 páginas totales
Página
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022

página 19358/4

régimen jurídico de la Tesorería General de la Junta de Andalucía (TGJA), al dejar de disponer de
cuentas bancarias en las entidades financieras, para ejercer el Consorcio la función de
ordenación de sus pagos y la TGJA de su materialización, así como el sometimiento al control
financiero por parte de la Intervención General de la Junta de Andalucía. La Instrucción 11/2019,
de 23 de diciembre de 2019, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, ha desarrollado
los procedimientos de control interno y contabilización presupuestaria de los consorcios
adscritos a la Junta de Andalucía.
6

Los trabajos de campo finalizaron el 1 de marzo de 2022. La comprensión adecuada de este
Informe requiere que se tenga en cuenta el contenido global del mismo. Cualquier conclusión
sobre un epígrafe o párrafo pudiera no tener sentido aisladamente considerada.

2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE DIRECCIÓN Y GOBIERNO DEL
CONSORCIO DE TRANSPORTE METROPOLITANO DEL ÁREA DE ALMERÍA
La estructura organizativa del Consorcio está constituida por los órganos de decisión, que son la
Presidencia, Vicepresidencia, Consejo de Administración y Gerencia, y los órganos de consulta,
que son la Comisión Técnica y la Comisión de Participación social.

8

A la Presidencia del Consorcio, ostentada por la persona titular de la Consejería de Fomento,
Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía, le corresponde ejercer
entre otras atribuciones, la convocatoria y presidencia de las reuniones del Consejo de
Administración, la representación legal en los actos, convenios y contratos en que el CTMAL
intervenga, inspeccionar los servicios del Consorcio, ejercer la alta jefatura administrativa y de
personal así como reconocer y liquidar obligaciones y ordenar pagos.

9

El Consejo de Administración es el órgano colegiado superior que gobierna y dirige el Consorcio
y establece las directrices de actuación de este, de conformidad con la voluntad común de las
entidades consorciadas. Le corresponden entre otras las siguientes competencias: ejercer el
gobierno y la dirección superior de todos los servicios del Consorcio, aprobar las Cuentas Anuales
del Consorcio que se integrarán en la Cuenta General de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
aprobar la propuesta del Presupuesto anual del Consorcio y los planes y programas que deba
elaborar según su normativa de aplicación, así como los planes de ordenación de transportes o
creación de infraestructuras, contratar y cesar a la dirección gerencia, aprobar la plantilla de
personal y la relación de puestos de trabajo, y los procedimientos de provisión de puestos de
trabajo de conformidad con la legislación vigente, otorgar las concesiones y autorizaciones de
utilización privativa o el aprovechamiento especial de los bienes de titularidad pública que tenga
adscritos, así como las cesiones de uso de dichos bienes que sean necesarios para la prestación
de los servicios públicos que gestione, acordar la gestión directa o indirecta de los servicios que
ha de prestar, incluida la concesión de los mismos y aprobar los contratos-programa con las
empresas prestadoras de servicios de transporte de personas y cuantos Convenios sean precisos
para el cumplimiento de sus fines.

10

La Dirección Gerencia dirige la gestión y administración del Consorcio sobre la base de las
directrices establecidas por el Consejo de Administración y por su Presidencia en ejecución de
aquellas.

00272532

7

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja