3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-93)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Mijas. Ejercicio 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022
página 19360/7
- Se delega en los distintos concejales del área gestora del gasto que corresponda, las
competencias del órgano de contratación para la tramitación de los expedientes de contrato
menor, incluyendo la resolución de recursos.
13
Las funciones relacionadas con el control y fiscalización interna de la gestión económicafinanciera y presupuestaria y función de contabilidad se recogen con carácter general en el
artículo 4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
14
La responsabilidad de la CCA es expresar una opinión que, basada en la fiscalización, se pronuncie
sobre la legalidad de las actividades y operaciones efectuadas por el Ayuntamiento en el ejercicio
2019, en las áreas de la gestión de los RR.HH. y de la contratación administrativa.
15
La auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de la
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, recogidos en las ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del sector público”, ISSAI-ES 400 “Principios
fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, ISSAI-ES 4000 “Directrices para la
fiscalización de cumplimiento”, y en la Guía práctica de fiscalización GPF-OCEX 4001 “Las
fiscalizaciones de cumplimiento de la legalidad y modelos de informes”.
Estas normas exigen que la CCA cumpla los requerimientos de ética y que la auditoria se
planifique y ejecute con el fin de obtener una seguridad razonable de que la entidad fiscalizada
cumple con la normativa aplicable a las áreas sujetas a revisión.
16
La fiscalización llevada a cabo ha requerido la aplicación de procedimientos encaminados a
obtener evidencia de auditoría sobre el cumplimiento de los aspectos relevantes establecidos en
la normativa aplicable.
Los procedimientos seleccionados han resultado adecuados a las circunstancias, habiendo
dependido del juicio del auditor la valoración de los riesgos por incumplimientos significativos
de la legalidad, una vez evaluado el control interno existente en la organización.
La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
emitir una opinión sobre si las actuaciones desarrolladas en el ámbito de la gestión de los RR.HH.
y de la contratación administrativa resultan conformes en todos sus aspectos significativos al
marco normativo que le es de aplicación.
00272537
17
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022
página 19360/7
- Se delega en los distintos concejales del área gestora del gasto que corresponda, las
competencias del órgano de contratación para la tramitación de los expedientes de contrato
menor, incluyendo la resolución de recursos.
13
Las funciones relacionadas con el control y fiscalización interna de la gestión económicafinanciera y presupuestaria y función de contabilidad se recogen con carácter general en el
artículo 4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico
de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA
14
La responsabilidad de la CCA es expresar una opinión que, basada en la fiscalización, se pronuncie
sobre la legalidad de las actividades y operaciones efectuadas por el Ayuntamiento en el ejercicio
2019, en las áreas de la gestión de los RR.HH. y de la contratación administrativa.
15
La auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de la
fiscalización de las Instituciones Públicas de Control Externo, recogidos en las ISSAI-ES 100
“Principios fundamentales de fiscalización del sector público”, ISSAI-ES 400 “Principios
fundamentales de la fiscalización de cumplimiento”, ISSAI-ES 4000 “Directrices para la
fiscalización de cumplimiento”, y en la Guía práctica de fiscalización GPF-OCEX 4001 “Las
fiscalizaciones de cumplimiento de la legalidad y modelos de informes”.
Estas normas exigen que la CCA cumpla los requerimientos de ética y que la auditoria se
planifique y ejecute con el fin de obtener una seguridad razonable de que la entidad fiscalizada
cumple con la normativa aplicable a las áreas sujetas a revisión.
16
La fiscalización llevada a cabo ha requerido la aplicación de procedimientos encaminados a
obtener evidencia de auditoría sobre el cumplimiento de los aspectos relevantes establecidos en
la normativa aplicable.
Los procedimientos seleccionados han resultado adecuados a las circunstancias, habiendo
dependido del juicio del auditor la valoración de los riesgos por incumplimientos significativos
de la legalidad, una vez evaluado el control interno existente en la organización.
La evidencia de auditoría que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para
emitir una opinión sobre si las actuaciones desarrolladas en el ámbito de la gestión de los RR.HH.
y de la contratación administrativa resultan conformes en todos sus aspectos significativos al
marco normativo que le es de aplicación.
00272537
17
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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