3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-93)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Mijas. Ejercicio 2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022

página 19360/6

Departamento

Composición2

Nº empleados

1 TAG (F)/1 T.M (F.I) /3 Aux. Admvos (F)/1 Aux Admvo (L. Indef.) /1 Aux. Admvo
(L. Inter.) /1 Aux. Admvo (L.T) / 4 L. T Plan Empleo J.A/ 1 A.P (F)/1 T.M (F) sin
dedicación exclusiva al departamento.

14

Contratación

1 TAG (F)/ 1 Aux. Admvo (F) / 1 Aux. Admvo (F.I)/ 2 Aux. Admvo (L. Indef.)

5

Intervención y
Contabilidad

1 HN (F)/1 TAG (F)/ 2 Admvos(F)/ 2 Aux. Admvos (F)/2 Admvos (L)/3 Aux
Admvos (L)/1 E (L)

12

RR.HH.

Total, número de empleados

31

Fuente: Elaborado por la CCA

Cuadro nº 2

2. RESPONSABILIDAD DE LAS ENTIDADES LOCALES (EELL) EN MATERIA DE
GESTIÓN DE RR.HH. Y DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
10

La responsabilidad de los órganos de gobierno de las EELL en el ámbito de la gestión de los
recursos humanos y de la contratación administrativa, de acuerdo con el régimen de atribuciones
previsto en los artículos 123, 124 y 127 de la LBRL , y en la Disposición Adicional 2ª (D.A.) de la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al
ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE
y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (LCSP), corresponde al Pleno, al Alcalde y a la Junta de
Gobierno Local (JGL).
Este marco competencial se completa teniendo en cuenta las delegaciones especiales que se han
efectuado al amparo de lo previsto en los artículos 123.3, 124.5 y 127.2 de la LBRL.

11

En virtud del Decreto nº 2019033228, de 15 de julio de 2019, el Alcalde del Ayuntamiento ha
delegado en favor de determinados tenientes de alcalde las siguientes atribuciones:
- En favor de la Segunda Teniente de Alcalde la gestión de los RR.HH., incluyendo el ejercicio de
la superior dirección del personal al servicio del Ayuntamiento.
- En favor del Cuarto Teniente de Alcalde las Compras y Contratación.

12

La JGL ha efectuado a favor de determinados tenientes de alcalde las siguientes delegaciones de
competencias:
- Se delega en la Segunda Teniente de Alcalde las competencias en materia de personal que no
estén expresamente atribuidas a otro órgano, incluyendo en la misma la facultad para resolver
los recursos de reposición, salvo la relativa a la potestad disciplinaria de los Cuerpos de la Policía
Local, que corresponde al Alcalde, así como las encomiendas de gestión de Empresas Públicas.

(TAG) Técnico de Administración General; (F) funcionario; (TM) Técnico Medio; (F.I) funcionario interino; (L. Indef) laboral
indefinido; (L. Inter.) Laboral Interino; (L.T) laboral temporal; (A.P) Agrupación profesional; (HN) habilitado Nacional; (E) grupo E.

2

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272537

- Se delega en el Cuarto Teniente de Alcalde toda la contratación administrativa en los términos
del apartado tercero de la D.A 2ª de la LCSP, incluyendo la resolución de recursos.