3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-93)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Mijas. Ejercicio 2019.
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BOJA
77
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022
página 19360/22
En las contrataciones de un Técnico Superior Tributario y de un Técnico Medio en Tasaciones,
llevadas a cabo en el departamento de gestión tributaria, la modalidad contractual elegida
(contrato laboral de duración determinada por obra y servicio) no era la adecuada, pues teniendo
en cuenta las funciones a desarrollar, relacionadas con los expedientes del Impuesto sobre el
Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, lo ajustado a derecho hubiera sido llevar
a cabo un nombramiento de interinidad por exceso o acumulación de tareas, al amparo del
artículo 10 d) del TREBEP.
4.6.2. Contratación
Organización
78
El Ayuntamiento dispone de un servicio de compras y contratación del que se destaca su escasa
dimensión y, por ello, la necesidad de dotarlo de más recursos humanos y con mayor grado de
cualificación, pues de los cinco empleados solo uno es un TAG (grupo A1), y el resto auxiliares
administrativos (grupo C2).
Esta unidad no cuenta con un manual de funciones y de responsabilidades.
79
El órgano de contratación no ha adoptado ningún tipo de medida de las contempladas en el
artículo 64 de la LCSP, dirigidas a luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y a
prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir
en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y
garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y
licitadores.
Preparación del expediente
80
En dos expedientes de contratación (nº 5 y 15) se incumple la obligación de determinación de las
necesidades a satisfacer por el contrato, prevista en el artículo 28.1 de la LCSP.
En el expediente nº 5, referido a la contratación por precio unitario y presupuesto máximo del
“suministro de material de construcción para los servicios operativos municipales del
Ayuntamiento de Mijas”, el informe elaborado por el servicio solo contenía una apelación de
carácter genérico a la necesidad de disponer de materiales en los almacenes municipales.
00272537
En el cuadro nº 6 se muestran los importes contratados y facturados en cada uno de los lotes en
que se dividió esta licitación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022
página 19360/22
En las contrataciones de un Técnico Superior Tributario y de un Técnico Medio en Tasaciones,
llevadas a cabo en el departamento de gestión tributaria, la modalidad contractual elegida
(contrato laboral de duración determinada por obra y servicio) no era la adecuada, pues teniendo
en cuenta las funciones a desarrollar, relacionadas con los expedientes del Impuesto sobre el
Incremento de Valor de Terrenos de Naturaleza Urbana, lo ajustado a derecho hubiera sido llevar
a cabo un nombramiento de interinidad por exceso o acumulación de tareas, al amparo del
artículo 10 d) del TREBEP.
4.6.2. Contratación
Organización
78
El Ayuntamiento dispone de un servicio de compras y contratación del que se destaca su escasa
dimensión y, por ello, la necesidad de dotarlo de más recursos humanos y con mayor grado de
cualificación, pues de los cinco empleados solo uno es un TAG (grupo A1), y el resto auxiliares
administrativos (grupo C2).
Esta unidad no cuenta con un manual de funciones y de responsabilidades.
79
El órgano de contratación no ha adoptado ningún tipo de medida de las contempladas en el
artículo 64 de la LCSP, dirigidas a luchar contra el fraude, el favoritismo y la corrupción, y a
prevenir, detectar y solucionar de modo efectivo los conflictos de intereses que puedan surgir
en los procedimientos de licitación con el fin de evitar cualquier distorsión de la competencia y
garantizar la transparencia en el procedimiento y la igualdad de trato a todos los candidatos y
licitadores.
Preparación del expediente
80
En dos expedientes de contratación (nº 5 y 15) se incumple la obligación de determinación de las
necesidades a satisfacer por el contrato, prevista en el artículo 28.1 de la LCSP.
En el expediente nº 5, referido a la contratación por precio unitario y presupuesto máximo del
“suministro de material de construcción para los servicios operativos municipales del
Ayuntamiento de Mijas”, el informe elaborado por el servicio solo contenía una apelación de
carácter genérico a la necesidad de disponer de materiales en los almacenes municipales.
00272537
En el cuadro nº 6 se muestran los importes contratados y facturados en cada uno de los lotes en
que se dividió esta licitación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja