3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/229-93)
Resolución de 24 de noviembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Mijas. Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022

página 19360/21

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El Ayuntamiento dispone de sistemas automatizados de control horario mediante huella dactilar
y fichajes a través de terminales informáticos. No obstante, hay servicios o departamentos en los
que no se aplican estos sistemas, los cuales remiten esa información, necesaria para el control
horario, bien mediante el sistema de turnos o partes de servicios (policía local, bomberos y
servicios operativos).

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La entidad en el ejercicio 2019 ha sido sancionada por la Inspección de Trabajo, con un importe
de 3.126 €, al incumplir durante los ejercicios 2017 y 2018 el régimen establecido para las horas
extraordinarias en el artículo 35 del ET.
En el ejercicio 2019, de acuerdo con la información facilitada por la entidad, eran cuatro los
empleados laborales que habían superado el límite máximo de 80 horas extraordinarias previsto
en el referido artículo.

73

El Ayuntamiento no dispone de normas escritas que regulen el procedimiento de confección de
nóminas.

74

La generación de nuevos trienios se realiza automáticamente por el sistema informático, una vez
introducida la antigüedad del empleado, tras lo cual se dictan resoluciones que contienen la
relación del personal y trienios que se devengan en un determinado mes. No obstante, sería
conveniente que las resoluciones de reconocimiento de nuevos trienios fueran individuales, en
vez de ser colectivas.

75

La bolsa de empleo aprobada por la corporación en 2019 determina su vigencia “bien hasta la
aprobación de una nueva, hasta la realización de un proceso ordinario o hasta que se declare
extinguida por el órgano competente”.
Las bolsas de empleo deben tener una vigencia determinada con el objetivo de favorecer las
oportunidades de todos aquellos ciudadanos que, en su día, por las razones que fueran no
llegaron a participar en su formación. En este sentido se destaca la vigencia de doce años de la
anterior bolsa de empleo, aprobada en 2007.

76

Se han analizado las doce contrataciones efectuadas en el ejercicio 2019, a través del SAE, para
dotar de recursos humanos a los albergues que la entidad tiene a su disposición.
En ninguna de las seis contrataciones realizadas para cubrir la temporada completa de albergues
(8 meses) constan las razones de urgencia que aconsejaron recurrir al SAE.

En ninguno de los doce expedientes se deja constancia de que se haya publicado la convocatoria
de estas contrataciones en la página web o tablón de anuncios del Ayuntamiento, con indicación
del procedimiento selectivo que va a seguir.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272537

Estas contrataciones que son de más larga duración deberían estar previstas, bien en la bolsa de
empleo o en su defecto llevarlas a cabo el Ayuntamiento directamente, máxime si se tiene en
cuenta el carácter previsible de las mismas por estar destinadas a cubrir necesidades
estructurales de este servicio.