Autoridades y personal. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/229-75)
Acuerdo de 17 de noviembre de 2022, del Consorcio de Transporte Metropolitano del Área de Almería, por el que se aprueba la convocatoria y las bases reguladoras que han de regir en los procesos extraordinarios de estabilización de empleo temporal de las plazas de Auxiliar Administrativo, Técnico Económico-Financiero y Técnico Jurídico-Administrativo del Consorcio, conforme a lo dispuesto en la disposición adicional sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad del empleo público.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 229 - Martes, 29 de noviembre de 2022

página 19353/5

Grupo I. Categoría personal laboral

44,66 euros

Grupo II. Categoría personal laboral

29,49 euros

Grupo III. Categoría personal laboral

15,16 euros

Grupo IV. Categoría personal laboral

12,64 euros

Grupo V. Categoría personal laboral

12,64 euros

5. Para determinados trámites que hubieran de llevarse a cabo, tras el periodo de
entrega de solicitudes ante la Administración convocante de estas pruebas selectivas,
será necesario probar documentalmente la presentación de su solicitud mediante original
o fotocopia compulsada de la solicitud presentada en la que conste el sello de entrada o
recepción oficial del registro en que se hubiere presentado.
6. De conformidad con el Reglamento Europeo de Protección de Datos personales
y la Ley Orgánica 3/2018, de Protección de Datos Personales y garantía de derechos
digitales, los datos proporcionados por los aspirantes serán objeto de tratamiento por
el Consorcio Metropolitano de Transportes del Área de Almería, como responsable,
con la finalidad de selección de personas, ante el que se podrá ejercer el derecho de
acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos y la limitación u oposición a su
tratamiento, así como retirar su consentimiento.
Con la firma de la solicitud, la persona aspirante consistente el tratamiento de datos
personales en ella contenidos, que se restringirá a la finalidad mencionada y no serán
cedidos salvo los supuestos previsto por la ley.
El tratamiento de los datos para la finalidad mencionada incluye la publicación oficial
en los boletines oficiales correspondientes y en la web del Consorcio, de los datos de
carácter personal referidos a nombres, apellidos y documentos nacional de identidad,
necesarios para facilitar a las personas interesadas la información relativa a la publicación
de la lista de personal admitidas y excluidas, y desarrollo de la convocatoria.
Además dicho tratamiento también comprende la posibilidad de ponerse en contacto
con la persona aspirante a través del correo electrónico y/o número de teléfono facilitado
por esta, con objeto de agilizar y facilitar trámites de los procedimientos selectivos
correspondientes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272519

las beneficiarias de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, a quienes se
reconozca dicha condición de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto-ley 3/2017, de 19
de diciembre, por el que se regula la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía, o
norma que lo sustituya, o las beneficiarias de ambas prestaciones.
2. Las condiciones establecidas en el apartado 1 deberán concurrir a la fecha del
devengo de la tasa. La presentación de la solicitud conllevará la autorización al órgano
gestor para que pueda recabar dicha información.»
En ningún caso, la mera presentación de la acreditación del pago de la tasa
supondrá la sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de
participación de acuerdo con lo dispuesto en la convocatoria.
Procederá, previa solicitud de la persona interesada, la devolución de la tasa que se
hubiese satisfecho, cuando no se realice su hecho imponible (presentación de la solicitud)
o se constate abono de mayor cuantía a la exigida en la presente base. La exclusión
definitiva del proceso selectivo, no dará lugar a la devolución del importe abonado.
La tasa por derechos de inscripción, de conformidad con la Ley 10/2021, de 28
de diciembre, de tasas y precios públicos de la Comunidad Autónoma de Andalucía
(BOJA núm. 15, de 18 de enero de 2002), en su artículo 254 estipula el importe de
las tasas, debiendo hacerse efectiva mediante su ingreso en el número de cuenta
ES90 0237 0210 30 9172716015, cuyo resguardo bancario acreditativo del pago de
la tasa de inscripción, en el que deberá constar la validación mecánica de la entidad
financiera donde realice el ingreso, y la fecha del mismo, deberá acompañar a la solicitud
de participación en el proceso.