3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/227-39)
Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se delegan y atribuyen competencias en órganos directivos de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 227 - Viernes, 25 de noviembre de 2022

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j) Conceder, en su caso, premios de jubilación.
k) Conceder el reingreso del personal desde las situaciones administrativas o
laborales con derecho a reserva de puesto de trabajo.
l) Reconocer el grado personal consolidado por el desempeño de puestos de trabajo
en la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
m) Reconocer los trienios y los servicios previos prestados a la Administración.
n) La concesión y resolución del complemento de productividad del personal a su
cargo.
ñ) Proponer a la Consejería competente en materia de función pública el destino
provisional del personal, en el supuesto establecido en el artículo 27.1 de la Ley 6/1985,
de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
o) Acordar los traslados provisionales, por necesidades del servicio, en el supuesto
establecido en el artículo 27.2 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la
Función Pública de la Junta de Andalucía.
p) Atribuir el desempeño de puestos de trabajo, en los términos establecidos en los
artículos 27.3 y 27.4 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función
Pública de la Junta de Andalucía.
q) Convocar y resolver los destinos provisionales del personal funcionario de carrera
a puestos de trabajo desocupados, así como autorizar su destino a otras Consejerías,
en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de
Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía.
r) Conceder las reducciones de jornada de trabajo establecidas por la normativa en
la materia, cuya competencia se encuentre atribuida a la persona titular de la Consejería
que no sean retribuidas.
s) Conceder las reducciones de jornada retribuidas y resolver las solicitudes en
materia de flexibilidad horaria y conciliación.
t) Tramitar la información del Sistema de Información de Recursos Humanos de la
Junta de Andalucía, SirhUS, en materia de personal y nóminas y sus distintas incidencias,
así como confeccionar la nómina mensual y las justificaciones que procedan, respecto
del personal al servicio del respectivo órgano directivo periférico y, en su caso, retener
haberes.
CAPÍTULO II
Delegación en materia de gestión de los gastos, hacienda pública e ingresos
Sección I. Delegación de competencias en materia de gastos y hacienda pública

Artículo 6. Delegación en la persona titular de la Secretaría General Técnica.
Se delega en la persona titular de la Secretaría General Técnica el ejercicio de las
competencias para:
a) Proponer las modificaciones presupuestarias de acuerdo con lo establecido en los
artículos 45, 47 y 48 del texto refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272173

Artículo 5. Delegación en la persona titular de la Viceconsejería.
Se delega en la persona titular de la Viceconsejería el ejercicio de las competencias para:
a) Acordar las transferencias para la financiación de las agencias administrativas y de
régimen especial, así como, respecto del resto de entidades instrumentales, acordar las
transferencias de financiación, de explotación y de capital.
b) Autorizar los expedientes de modificaciones presupuestarias conforme a lo
dispuesto en el artículo 45.6 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.