Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/226-4)
Orden de 21 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, de carácter temporal excepcional, destinadas a agricultores y ganaderos especialmente afectados por la invasión de Ucrania por parte de Rusia, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (Medida 22), y se efectúa su convocatoria.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 226 - Jueves, 24 de noviembre de 2022

página 19052/15

Décimo primero. Presentación de las solicitudes.
1. La persona o entidad solicitante que quieran acogerse a las ayudas previstas en
esta orden, deberán presentar una solicitud, conforme a los modelos establecidos en
la orden de convocatoria, en el plazo establecido en la correspondiente convocatoria,
dirigida a la persona titular de la Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera.
2. Las solicitudes se presentarán de forma exclusivamente electrónica a través del
siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Sede electrónica
general de la Administración de la Junta de Andalucía, en la siguiente dirección
electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25159
3. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un
certificado electrónico reconocido que sea válido para poder realizar los trámites
contemplados en estas bases reguladoras, de conformidad con lo dispuesto en los
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00272262

d) Una declaración responsable de no hallarse incursa en las circunstancias previstas
en el apartado cuarto de esta orden.
e) Una declaración responsable relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos solicitados y, en su caso, concedidos, para la misma finalidad, por cualesquiera
Administraciones Públicas o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, con
indicación de la entidad concedente, fecha e importe de la misma.
f) Declaración responsable de realizar en su explotación alguna actividad relacionada
con al menos uno de los siguientes objetivos: economía circular, gestión de nutrientes,
uso eficiente de los recursos, o producción respetuosa con el medioambiente y el clima.
g) En su caso, la oposición expresa de la persona o entidad solicitante a que el órgano
competente pueda recabar de otras Administraciones Públicas toda la información o
documentación exigida en la normativa de aplicación que estuviera en poder de aquellas.
h) La aceptación en el supuesto de resultar persona beneficiaria de ser incluida en
la lista de personas beneficiarias publicada de conformidad con lo previsto en el artículo
113 del Reglamento (UE) nº 1306/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013.
i) La declaración responsable de la veracidad de todos los datos reflejados en la
solicitud.
2. El formulario de solicitud se podrá ofrecer cumplimentado con los datos disponibles
en los sistemas de información gestionados por la administración, según los sectores,
con objeto de que el interesado verifique la información y, en su caso, la modifique y
complete en los sistemas de origen.
3. El formulario de solicitud se podrá obtener en la dirección indicada en la
correspondiente orden de convocatoria.
4. La persona o entidad solicitante podrá ejercer su derecho a no presentar datos
o documentos acreditativos que ya se encuentren en poder de las Administraciones
Públicas o que hayan sido elaborados por éstas, en los términos previstos en los artículos
28 y 53.d) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
5. Los datos personales obtenidos mediante la cumplimentación de la solicitud,
conforme al modelo antes indicado, y demás que se adjunten serán incorporados al
Registro de Actividades de Tratamiento del órgano competente. Asimismo la recogida
y tratamiento de dichos datos tendrá como finalidad gestionar el proceso de solicitud,
concesión y pago de las subvenciones otorgadas. El tratamiento de los citados datos se
regirá por el Reglamento (UE) nº 679/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de
27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta
al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), y la Ley
Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales.