Autoridades y personal. Universidades. (2022/225-41)
Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de profesorado contratado Doctor.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 225 - Miércoles, 23 de noviembre de 2022

página 18804/4

5. Comisión de Selección.
5.1. La composición de la Comisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4
del Reglamento de la Universidad de Almería que regula el procedimiento de los
concursos de plazas de profesorado contratado doctor aprobado por acuerdo del Consejo
de Gobierno de la Universidad de Almería de 3 de mayo de 2019, es la que figura como
Anexo II de esta convocatoria.
5.2. La comisión deberá constituirse en el plazo máximo de tres meses desde el día
siguiente a aquél en que se publique la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos.
Para ello, el Presidente de la Comisión, una vez realizadas las consultas oportunas
con los restantes miembros, notificará a éstos la convocatoria del acto de constitución,
señalando lugar, fecha y hora.
5.3. Transcurrido el plazo de constitución sin que ésta hubiese tenido lugar, el Rector
procederá de oficio a la sustitución del Presidente de la Comisión. El nuevo Presidente
deberá convocar la constitución de la nueva Comisión en un plazo de un mes desde la
publicación de su composición.
5.4. Para que la Comisión se constituya válidamente se precisará la asistencia de la
totalidad de sus miembros titulares. Los miembros titulares que no asistiesen al acto de
constitución cesarán y serán sustituidos por miembros suplentes.
Una vez constituida la Comisión, para que ésta pueda actuar válidamente será necesaria
la participación de, al menos, dos de sus miembros. En caso de ausencia del Presidente,
actuará como tal el miembro de la Comisión de mayor categoría y más antigüedad.
5.5. La Comisión, en su funcionamiento, actuará de acuerdo con lo dispuesto en la
Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
5.6. En el mismo acto de constitución, la Comisión fijará y hará públicos los criterios
para la adjudicación de las plazas, que respetarán los principios constitucionales de
igualdad, mérito y capacidad. Entre dichos criterios deberá figurar necesariamente los
siguientes:
a) Adecuación del historial académico o currículum vitae del candidato al área de
conocimiento y perfil, en su caso, de la plaza.
b) El historial académico o currículum vitae, incluyendo la formación académica, la
actividad docente y la actividad investigadora.
c) El proyecto docente referido a alguna de las asignaturas obligatorias de los planes
de estudio de la Universidad de Almería correspondientes al área de conocimiento, así
como el proyecto investigador.
d) Capacidad para la exposición y debate.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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de nueva documentación fuera del plazo anteriormente establecido implicará su no
consideración por parte de la Comisión.
4.5. Transcurrido el plazo anterior sin que se hubieran presentado reclamaciones
o resueltas las que se hayan podido presentar, el Rector dictará resolución aprobando
la lista definitiva de candidatos admitidos y excluidos, que se publicará en la forma
establecida en la base 4.1, y que servirá de notificación a los interesados. En el caso de
que todos los aspirantes estuvieran admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en
definitiva el día siguiente al de su publicación.
4.6. Contra la resolución definitiva, los interesados podrán interponer recurso
contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería,
en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de
dicha resolución, según disponen los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/98 de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (BOE de 14 de julio); o con
carácter potestativo recurso de reposición ante el Rector, en el plazo de un mes, a partir
del día siguiente al de la publicación de la resolución, de conformidad con el artículo 123
y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.