Disposiciones generales. Consejería de Política Industrial y Energía. (2022/223-14)
Resolución de 15 de noviembre de 2022, de la Agencia Andaluza de la Energía, por la que se amplía el crédito máximo y se aprueba la modificación de la convocatoria de 28 de septiembre de 2021, de los incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en Andalucía acogidos al Real Decreto 477/2021, de 29 de junio.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 223 - Lunes, 21 de noviembre de 2022

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ANEXO I

Presento la siguiente documentación:
DOCUMENTACIÓN GENERAL:
Para todo tipo de persona o entidad beneficiaria:
Anexo IA a la solicitud de incentivo donde se cumplimentarán las declaraciones responsables específicas requeridas para
cada programa de incentivo.
Anexo IB a la solicitud de incentivo donde se cumplimentarán los datos técnicos y económicos requeridos para cada
programa de incentivos
Anexo IC a la solicitud de incentivo: solo será necesario adjuntarlo en el caso de que el solicitante sea una entidad sin
personalidad jurídica y sus miembros deseen ejercer el derecho de oposición a las consultas por medios electrónicos de la
identidad de las personas solicitantes y representantes y de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones frente
a la Seguridad Social.
Anexo ID a la solicitud de incentivo: sólo será necesario adjuntarlo en el caso de entidades sin personalidad jurídica para la
consulta por medios electrónicos de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Hacienda
estatal y autonómica. Si no se prestasen los consentimientos habría que adjuntar los certificativos acreditativos
correspondientes.
Anexo II de otorgamiento de representación: sólo será necesario adjuntarlo en el caso de que la persona o entidad
beneficiaria opte por presentar la solicitud de incentivo a través de una empresa adherida al programa.
Certificado de situación censal o equivalente expedido por la Agencia Estatal de la Administración Tributaria que acredite,
como mínimo, su domicilio fiscal y el NIF. En el caso de entidades que ejerzan actividad económica, deberá acreditar,
además, las actividades económicas incluidas dentro de su objeto social. Los solicitantes que no tengan residencia fiscal
en España deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de
residencia, de acuerdo con el artículo 22 del RD 887/2006, de 21 de julio.
Y para todos los programas, siempre que se trate de instalaciones que superen los 100 kW de potencia nominal:
Plan estratégico donde se indique el origen o lugar de fabricación (nacional, europeo o internacional) de los componentes
de la instalación y su impacto medioambiental incluyendo el almacenamiento, los criterios de calidad o durabilidad
utilizados para seleccionar los distintos componentes, la interoperabilidad de la instalación o su potencial para ofrecer
servicios al sistema, así como el efecto tractor sobre PYMES y autónomos que se espera que tenga el proyecto. En
particular, deberá incluir la contribución al objetivo autonomía estratégica y digital de la Unión Europea, así como a la
garantía de la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de
cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la adquisición
de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.
Podrá incluir, además, estimaciones de su impacto sobre el empleo local y sobre la cadena de valor industrial local,
regional y nacional.
Justificación del cumplimiento por el proyecto del principio de no causar daño significativo a ninguno de los objetivos
medioambientales establecidos en el Reglamento (UE) 2020/852 el Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de junio de
2020, relativo al establecimiento de un marco para facilitar las inversiones sostenibles
Memoria resumen donde se recoja la cantidad total de residuo generado, clasificados por códigos LER, y los certificados de
los gestores de destino, donde se indique el porcentaje de valorización alcanzado
Declaración Responsable del Promotor del Proyecto sobre la no afección medioambiental del proyecto, cuando el
proyecto no se haya sometido a previa autorización administrativa, ni a declaración responsable o comunicación previa a
ninguna administración, y no se encuentre en ninguno de los supuestos de evaluación de impacto ambiental obligatoria
(salvo cuando se trate de actuaciones del programa 6)
Además de lo anterior y, en función del tipo de persona o entidad beneficiaria:
Para personas o entidades que realicen actividad económica:

00271697

Certificado que acredite el alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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