Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/222-2)
Decreto-ley 10/2022, de 16 de noviembre, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales en el marco del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) a agricultores y ganaderos en respuesta a las especiales repercusiones de la invasión de Ucrania por parte de Rusia, y por el que se modifica la Orden de 2 de julio de 2019, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por la sequía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 222 - Viernes, 18 de noviembre de 2022

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agricultores y ganaderos especialmente afectados por la invasión de Ucrania por parte
de Rusia», operación 22.1.1. Mediante las actuaciones definidas en esta operación
se contribuirá al focus área 2.A. Por este motivo, la concesión de la ayuda quedará
supeditada a la aprobación de dicha modificación.
En otro orden de cosas, la especial naturaleza de estas ayudas, que es subsanar los
problemas de liquidez que ponen en peligro la continuidad de las actividades agrícolas y
ganaderas en estas explotaciones, aconseja, en aras de atenuar los perjuicios causados
en la economía de las familias afectadas así como favorecer el mantenimiento del empleo
agrario, el eximir a las personas solicitantes de la obligación de hallarse al corriente
en sus obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social. Por la misma razón, y
atendiendo a la naturaleza jurídica de las entidades solicitantes, las cuales han podido
contraer deudas como consecuencia de las perturbaciones en los mercados derivados de
la invasión de Ucrania por parte de Rusia, procede eximir a las mismas de la obligación
de no tener deudas en periodo ejecutivo de cualquier ingreso de derecho público de la
Junta de Andalucía.
Al objeto de acortar los plazos administrativos para poner a disposición de los
beneficiarios las citadas ayudas indemnizatorias, se considera oportuno la exención en
estas subvenciones de la fiscalización previa, en las fases de autorización, disposición
y reconocimiento de la obligación, en el ejercicio de la competencia atribuida a la
Intervención General de la Junta de Andalucía, a que se refieren los artículos 23 y
siguientes del Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Intervención General
de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 92/2022, de 31 de mayo, viniendo sujetas
a control financiero posterior.
En este sentido, aun cuando esta medida consistente en eximir de fiscalización previa,
como la relativa a la excepción de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias o
frente a la Seguridad Social o tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso de
derecho público de la Junta de Andalucía, bien podría desarrollarse a través de normas
reglamentarias sin necesidad de acudir a una norma con rango de ley, dada la necesidad
en apoyar a los afectados por este conflicto bélico de manera urgente para no poner en
riesgo la continuidad de su actividad agraria, se ha considerado oportuno adoptar las
mismas en el presente decreto-ley, salvando de esta forma la demora que supondría su
desarrollo y tramitación en vía reglamentaria posterior.

Por otra parte, debido a los episodios de sequía que históricamente vienen afectando
a las explotaciones agrarias andaluzas, y que tienen una especial incidencia en
determinados sectores ganaderos, y con el objetivo de posibilitar la viabilidad económica
de estas explotaciones y contribuir al mantenimiento de los puestos de trabajo que
dependen del mantenimiento de esta actividad económica, la Consejería de Agricultura,
Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible publicó la Orden de 2 de julio de 2019, por
la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas en régimen de concurrencia
no competitiva, destinadas a explotaciones ganaderas afectadas por sequía, acogidas al
régimen de mínimis (BOJA número 130, de 9 de julio de 2019), la cual fue posteriormente
modificada por la disposición final tercera del Decreto-ley 2/2022, de 29 de marzo, por el
que se amplían las medidas urgentes para paliar los efectos producidos por la situación de
excepcional sequía en las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía,
y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario y
pesquero (BOJA número 64, de 4 de abril de 2022).
Actualmente nuestra Comunidad se está viendo afectada por uno de los episodios de
sequía más graves de los últimos años, lo cual motiva la necesidad de poner en marcha
las ayudas indemnizatorias reguladas en la citada Orden de 2 de julio de 2019.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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