5. Anuncios. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/221-57)
Anuncio de 3 de noviembre de 2022, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba, por el que se concede autorización administrativa previa a la mercantil generadora Onatrium Solar 4, S.L., para el proyecto que se cita, en el término municipal de Montemayor (Córdoba). (PP. 2770/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 221 - Jueves, 17 de noviembre de 2022

página 17602/5

dicha garantía, teniendo que presentar el promotor proyecto de desmantelamiento ante el
ayuntamiento correspondiente cuando solicite la licencia urbanística municipal.
Octavo. El anteproyecto/proyecto contemplado para emitir la autorización
administrativa previa es el siguiente:
• Proyecto denominado: Proyecto básico planta solar fotovoltaico El Salobral de
49,977 MWp y 38 MWn, en el t.m. de Montemayor (Córdoba), con fecha marzo de 2021.
Presenta Declaración Responsable del técnico competente autor de trabajos
profesionales, de fecha 1 de marzo de 2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Las competencias autonómicas en materia de energía se encuentran
establecidas en el artículo 49 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado por
la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía. De acuerdo con la distribución competencial vigente, las instalaciones
energéticas que son competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía son aquellas
instalaciones de producción de energía eléctrica, incluyendo sus infraestructuras de
evacuación, de potencia eléctrica instalada igual o inferior a 50 MW y las instalaciones de
transporte secundario, distribución y acometidas de tensión inferior a 380 kV, así como las
líneas directas conectadas a instalaciones de generación de competencia autonómica,
siempre y cuando todas ellas se ubiquen, o su trazado discurra, por territorio andaluz y su
aprovechamiento no afecte a otro territorio.
Segundo. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos
y de Política Industrial y Energía es competente para dictar la presente resolución de
acuerdo con lo establecido en: Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
restructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía; Decreto 300/2022,
de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por
el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de
Andalucía; y Resolución de 11 de marzo de 2022, de la Dirección General de Energía
por la que se delegan determinadas competencias en los órganos directivos territoriales
competentes en materia de energía.

Cuarto. En relación a la alegaciones presentadas por Ecologistas en Acción en
Montilla, con fecha 17 de noviembre de 2021, expresan en síntesis que la Delegación del
Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba (ahora Delegación Territorial de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos y de Política Industrial y Energía en Córdoba) se ha
irrogado para sí la competencia para conocer del referido expediente de autorización sin
inhibirse en favor de la Administración General del Estado por cuanto se está tramitando
de manera artificiosa e indebida el proyecto total fragmentado en diferentes proyectos
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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Tercero. La puesta en funcionamiento de instalaciones de producción de energía
eléctrica está sometida al régimen de autorizaciones que se encuentra regulado en el
título IX de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre. A este respecto, su disposición transitoria
primera establece que «en tanto no se dicten las normas de desarrollo de la presente
ley que sean necesarias para la aplicación de alguno de sus preceptos, continuarán
aplicándose las correspondientes disposiciones en vigor en materia de energía eléctrica».
Por tanto, a las autorizaciones de la instalación objeto de la presente resolución les será
de aplicación el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica.