Disposiciones generales. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/220-1)
Orden de 11 de noviembre de 2022, por la que se regula el procedimiento de realización de las pruebas de evaluación que acrediten la adquisición de las competencias clave necesarias para el acceso a los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 220 - Miércoles, 16 de noviembre de 2022

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DISPONGO
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
1. La presente orden tiene por objeto regular el procedimiento de realización de las
pruebas de evaluación de las competencias clave necesarias para el acceso a la formación
de los certificados de profesionalidad de nivel 2 y 3, dirigidas a personas que carecen de
las titulaciones o acreditaciones exigidas por el artículo 20 del Real Decreto 34/2008, de
18 de enero, por el que se regulan los certificados de profesionalidad.
2. El ámbito de aplicación de la presente orden es la Comunidad Autónoma de Andalucía.
3. Queda excluido del ámbito de aplicación de esta orden el procedimiento de realización
de las pruebas de competencias clave que se desarrolle por los centros formativos
autorizados como parte del proceso de selección del alumnado que solicite participar en
acciones formativas dirigidas a la obtención de un certificado de profesionalidad.

Artículo 3. Pruebas de evaluación en competencias clave.
1. Estas pruebas se convocarán por resolución de la Dirección General competente,
de conformidad con lo establecido por el apartado segundo del artículo 20 del Real
Decreto 34/2008, de 18 de enero.
2. Las pruebas se llevarán a cabo para cada competencia clave y nivel de cualificación,
y serán elaboradas por la Dirección General competente, que podrá recabar apoyo y
asesoramiento de personas expertas en cada una de las competencias.
3. Las personas aspirantes pueden presentarse a todas o alguna de las pruebas
de evaluación de las competencias clave convocadas de uno solo de los niveles de
cualificación, teniendo en cuenta los requerimientos de los certificados de profesionalidad
que quisieran cursar.
4. Las pruebas para la obtención del certificado acreditativo de las competencias
clave necesarias para el acceso a certificados de profesionalidad de los niveles 2 y 3
comprenderán las siguientes partes:
a) Competencia matemática N-2 y N-3.
b) Competencia de comunicación en lengua castellana N-2 y N-3.
c) Competencia de comunicación lengua extranjera N-2 y N-3.
5. Cada una de las pruebas de evaluación de competencias clave para el acceso a
la formación conducente a los certificados de profesionalidad, tanto para el nivel 2 como
para el nivel 3, tendrá una duración de una hora, con la siguiente estructura:
a) Competencia matemática.
1.º Aritmética y álgebra.
2.º Geometría.
3.º Funciones.
4.º Estadística.
b) Competencia en lengua castellana.
1.º Comprensión de textos.
2.º Conocimiento de la lengua castellana.
3.º Redacción de textos.
c) Competencia en lengua extranjera: Inglés
1.º Comprensión de textos.
2.º Conocimiento de la lengua extranjera.
3.º Composición escrita en lengua extranjera.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 2. Órgano competente para la organización de las pruebas.
La planificación, coordinación y gestión de las pruebas de evaluación de competencias
clave corresponde a la Dirección General competente en materia de Formación
Profesional para el Empleo (en adelante, la Dirección General competente).