3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/217-63)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de recursos humanos de empresas municipales que gestionan los servicios funerarios en Andalucía: EMUCESA, CECOSAM, PARCEMASA Y CEMABASA. Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022

página 17869/22

El contrato del Gerente de CEMABASA es firmado el 22/09/2014 y su nombramiento se eleva a
escritura pública el 14/11/2014. La forma de acceso es mediante un proceso de selección.
75
76

22

Tiene contratados los siguientes asesoramientos externos en el ejercicio 2019 (§93):
-

Asesor laboral y asesor contable. No tiene formalizado ni firmado un contrato de
asesoramiento en ninguno de los casos, prestando sus servicios desde la constitución de la
sociedad. Emiten facturas mensuales por importe de 168,09€ y 1.189,56€, respectivamente.
El importe de facturación anual hace que se deba encuadrar dentro de la contratación
menor.

-

Asociación Alma y Vida. Tienen un convenio de colaboración por el que CEMABASA les
abona la cantidad anual de 10.000,08 euros. Al existir contraprestación monetaria por parte
de CEMABASA debería formalizar el preceptivo contrato menor y no un convenio de
colaboración.

-

Asesor jurídico, mantiene una relación contractual firmada en el ejercicio 2006, con un
importe de facturación mensual de 1.708,58€, importe que anualmente alcanza la cifra de
23.147,54€. Por tal circunstancia, al superar los umbrales de la contratación menor se
debería licitar mediante un procedimiento ordinario de adjudicación.

-

Asistencia técnica y mantenimiento de los equipos informáticos. Su contratación tenía un
periodo de vigencia de un año no prorrogable, hasta el día 12 de septiembre de 2019, sin
embargo, ha estado facturando hasta final del ejercicio. El importe anual del servicio de
asistencia técnica junto a otros servicios accesorios al objeto contractual ascendió a
16.362,18€.

4.1.4.2. Retribuciones y Complementos salariales
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Las retribuciones deben estar plenamente justificadas y establecidas en el Convenio Colectivo. Si
se realizaran pagos de conceptos retributivos no incluidos en el Convenio, éstos deberán estar
plenamente justificados.
Si hubo negociación para su establecimiento, ésta deberá estar totalmente documentada y
acreditada.

22

Se han analizado las nóminas de los meses de abril y junio (incluyendo la paga extra) del gerente,
de los puestos intermedios y una muestra de los puestos base. En total 11 de los 27 trabajadores,
un 40,74% del total de la plantilla. Del análisis realizado se extraen los siguientes incumplimientos
del Convenio:

00271113

78

Punto eliminado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja