3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/217-63)
Resolución de 27 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización de cumplimiento de la gestión de recursos humanos de empresas municipales que gestionan los servicios funerarios en Andalucía: EMUCESA, CECOSAM, PARCEMASA Y CEMABASA. Ejercicio 2019.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022

página 17869/11

4.1.1.2. Retribuciones y complementos salariales
30

Las retribuciones deben estar plenamente justificadas y establecidas en el Convenio Colectivo. Si
se realizaran pagos de conceptos retributivos no incluidos en el Convenio, éstos deberán estar
plenamente justificados.
Si hubo negociación para su establecimiento, ésta deberá estar totalmente documentada y
acreditada.

31

Se han analizado las nóminas de los meses de marzo y junio (incluyendo la paga extra). En total
17 de los 56,19 trabajadores, un 30,29% del total de la plantilla. De este análisis, se han obtenido
los siguientes resultados:
-

4

Al comprobar la nómina con los expedientes de la muestra, se ha encontrado
documentación relativa a pagos de complementos salariales que, aunque se han producido
fuera del ejercicio 2019, no están contemplados en el Convenio colectivo y, carecen de
sustento necesario para su reconocimiento y abono.

32

Analizadas las horas extraordinarias realizadas en 2019, por los empleados de la Sociedad, tres
empleados sobrepasan el límite anual de 80 horas extras lo que incumple lo dispuesto en el
artículo 35 del ET.

33

EMUCESA indebidamente no incluye como retribuciones en especie a su personal los pagos
realizados por, Seguros de vida y Préstamos al personal tal como se detalla en los artículos 17,
42 y 43 de la Ley 35/2006 del Impuesto sobre la Renta de las personas físicas.

34

EMUCESA abona a los trabajadores del Departamento de Coordinación y de Cementerio
incentivos por ventas que no están recogidos en el Convenio Colectivo. Las cantidades abonadas
por estos conceptos ascendieron a 60.327,29 euros en 2019, que fueron repartidos entre 14
empleados. Por tanto, supone un incumplimiento del artículo 34 del Convenio Colectivo de la
empresa.

4.1.2. CECOSAM
4.1.2.1. Selección y contratación de personal. Promoción interna
35

La plantilla de CECOSAM, se cubre mediante una oposición convocada en el ejercicio 2002, donde
se realizó un examen para los diferentes cuerpos que se ofertaban. Las personas que obtuvieron
la mayor puntuación entraron a formar parte de la plantilla, quedando el resto en una bolsa de
empleo de la que en los años posteriores se obtuvieron candidatos.

4

00271113

Además de la oposición, se les ofreció a los funcionarios del Ayuntamiento de Córdoba la
oportunidad de pasar a formar parte de CECOSAM.
Párrafo modificado por la alegación presentada.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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