Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/217-4)
Orden de 8 de noviembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a la instalación de una red de comunicaciones electrónicas de alta velocidad en dependencias de zonas industriales, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (financiado por la Unión Europea-Next Generation EU).
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Número 217 - Viernes, 11 de noviembre de 2022

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de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en
Andalucía.
Por motivos de urgencia debido a los plazos marcados por el Real Decreto 988/2021,
de 16 de noviembre, en las bases reguladoras que se aprueban en la presente Orden se
establece que, de manera preceptiva, junto con la solicitud de ayuda se deba incorporar
toda la documentación necesaria para evaluar su idoneidad.
Las bases reguladoras que se aprueban en la presente Orden no prevén el
libramiento de cantidades en modalidad de anticipo, por lo que se establece que
los rendimientos financieros que se generen por los fondos librados a las personas o
entidades beneficiarias no incrementarán el importe de la subvención concedida y que no
se aplicarán a la actividad subvencionada.
Por otro lado, se establece la obligatoriedad de que tanto las personas como las
entidades interesadas se relacionen con la Administración utilizando solo medios
electrónicos. Esta obligación queda establecida de manera preceptiva, para las entidades
interesadas, en el artículo 20 del Real Decreto 988/2021, de 16 de noviembre, cumpliendo
con lo indicado en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a las personas
interesadas, la obligatoriedad de relacionarse con la Administración solo por medios
electrónicos, se establece en las bases reguladoras aprobadas por la presente Orden,
debido a que por su condición de propietarias de un inmueble ubicado en una zona de
alta concentración empresarial, se considera que por razón de su capacidad económica
y dedicación empresarial, queda acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los
medios electrónicos necesarios.
Tal y como se establece en el artículo 18.3 de las bases reguladoras que se
aprueban por la presente Orden, el plazo máximo para adoptar y notificar la resolución
del procedimiento de concesión de subvenciones se establece en seis meses. Este
plazo queda fundamentado por la cantidad de actuaciones asignadas a la Comunidad
Autónoma de Andalucía y recogidas en el Anexo I de Real Decreto 988/2021, de 16
de noviembre; por el elevado número de solicitudes que pueden presentarse y por la
necesidad de realizar la comprobación de la documentación de carácter administrativo
que debe acompañar a cada una de las actuaciones. Estos aspectos aconsejan establecer
el plazo de resolución de seis meses que permita garantizar la correcta tramitación de las
solicitudes, sin perjuicio de que, en virtud del principio de celeridad, el plazo efectivo se
reduzca al mínimo imprescindible.
En lo que respecta al cumplimiento de las obligaciones de etiquetado climático y digital,
tal y como establece el Real Decreto 988/2021, no cabe esperar ninguna contribución
específica a la transición verde y sí una contribución íntegra a la transición digital; por
tanto se establece una contribución del 0% en referencia al etiquetado climático y del
100% para el etiquetado digital.
Las bases reguladoras se adaptan a la regulación sobre protección de datos de
carácter personal, concretamente, a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de
Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y al Reglamento
(UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la
protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales
y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE
(Reglamento general de protección de datos).
En materia de reducción del riesgo de fraude, corrupción y conflictos de intereses,
resultará de aplicación lo dispuesto en el «Plan de medidas antifraude para la gestión de
los Fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la Comunidad Autónoma de
Andalucía», aprobado por el Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía el 27 de abril
de 2022.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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