5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/213-80)
Acuerdo de 27 de octubre de 2022, del Ayuntamiento de Almargen, por el que se aprueba la convocatoria y las bases que han de regir la convocatoria para la provisión, por el sistema de acceso de promoción interna, y a través del procedimiento de selección de concurso-oposición, de una plaza de Oficial de Policía Local de este Ayuntamiento, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, categoría de Oficial del Cuerpo de la Policía Local. (PP. 2684/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17194/6
11.4. La no incorporación o el abandono del curso, por causa que se considere
injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en
la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras
convocatorias.
11.5. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido
por el Instituto, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de
los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de
selección en futuras convocatorias.
12. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.
12.1. Finalizado el curso de capacitación, el Instituto de Emergencias y Seguridad
Pública de Andalucía o, en su caso, la Escuela Municipal de Policía Local o Escuela
Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para
su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes
que superen el correspondiente curso de capacitación, les hallará la nota media entre
las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas (concurso-oposición) y el curso
selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta
final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las
plazas convocadas.
12.2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes
aprobados superior al número de plazas convocadas, los alumnos serán nombrados
funcionarios de carrera en la categoría a la que se aspira, los cuales deberán tomar
posesión en el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el
nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para
toma de posesión de cargos o funciones públicas.
12.3. El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación
global obtenida en la fases de concurso, oposición y curso de capacitación.
00270460
13. Recursos.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra las presentes bases podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos
114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a
que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en
virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro
recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 213 - Lunes, 7 de noviembre de 2022
página 17194/6
11.4. La no incorporación o el abandono del curso, por causa que se considere
injustificada e imputable al alumno, producirá la pérdida de los resultados obtenidos en
la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de selección en futuras
convocatorias.
11.5. Cuando el alumno no haya superado el curso, a la vista del informe remitido
por el Instituto, repetirá el curso siguiente, que de no superar, producirá la pérdida de
los resultados en la oposición, y la necesidad de superar nuevamente las pruebas de
selección en futuras convocatorias.
12. Propuesta final, nombramiento y toma de posesión.
12.1. Finalizado el curso de capacitación, el Instituto de Emergencias y Seguridad
Pública de Andalucía o, en su caso, la Escuela Municipal de Policía Local o Escuela
Concertada, enviará al Ayuntamiento un informe sobre las aptitudes del alumno, para
su valoración en la resolución definitiva de la convocatoria. El Tribunal, a los aspirantes
que superen el correspondiente curso de capacitación, les hallará la nota media entre
las calificaciones obtenidas en las pruebas selectivas (concurso-oposición) y el curso
selectivo, fijando el orden de prelación definitivo de los aspirantes, elevando la propuesta
final al titular de la Alcaldía, para su nombramiento con funcionario de carrera de las
plazas convocadas.
12.2. Tras la propuesta final, que no podrá contener un número de aspirantes
aprobados superior al número de plazas convocadas, los alumnos serán nombrados
funcionarios de carrera en la categoría a la que se aspira, los cuales deberán tomar
posesión en el plazo de un mes, a contar del siguiente al que le sea notificado el
nombramiento, debiendo previamente prestar juramento o promesa de conformidad con
lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, regulador de la fórmula para
toma de posesión de cargos o funciones públicas.
12.3. El escalafonamiento como funcionario se efectuará atendiendo a la puntuación
global obtenida en la fases de concurso, oposición y curso de capacitación.
00270460
13. Recursos.
Las presentes bases y convocatoria podrán ser impugnadas de conformidad con lo
establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Contra las presentes bases podrá interponerse recurso
potestativo de reposición ante el órgano que aprobó las Bases en el plazo de un mes,
contado a partir del día siguiente al de su última publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia o en el de la Junta de Andalucía, según cuál sea posterior en el tiempo, o bien
interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
contados igualmente desde el día siguiente al de su última publicación, ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo correspondiente, todo ello de conformidad con los artículos
114.c), 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa. En el caso de interposición de recurso de reposición, se deberá esperar a
que éste se resuelva y notifique, o bien a que pueda ser entendido como desestimado en
virtud de silencio. No obstante lo anterior, los interesados podrán presentar cualquier otro
recurso que estimen procedente en defensa de sus derechos e intereses.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja