Autoridades y personal. Universidades. (2022/212-50)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso libre, por el sistema concurso-oposición, para el ingreso en la Escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Personal de Administración y Servicios para el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022

página 17288/11

2. Por cada ejercicio superado en convocatorias para el acceso a la Escala Auxiliar
de otras universidades públicas: 1 punto.
3. Por cada ejercicio superado en convocatorias de otras Administraciones Públicas
para el acceso a una escala similar al objeto de esta convocatoria: 0,80 puntos.
7.3.4. Una vez publicada la calificación provisional de la fase de concurso se otorgará
un plazo de reclamaciones de cinco días hábiles, transcurrido el cual se publicará el
resultado definitivo de la fase de concurso.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios/as de carrera.
9.1. Documentación a presentar. En el plazo de veinte días naturales, a contar
desde el día siguiente a aquél en que se hagan públicas las listas de aspirantes que han
superado el proceso selectivo en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, deberán
aportar la siguiente documentación:
a) Original del Documento Nacional de Identidad, pasaporte o Número de Identidad
Extranjero, en vigor a la fecha de presentación de la documentación requerida.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270536

8. Relación de personas que han superado el proceso selectivo.
8.1. Acuerdo provisional de personas que han superado el proceso selectivo. El
Tribunal de Valoración publicará el acuerdo provisional de aspirantes que han superado
el proceso selectivo, con indicación de la puntuación obtenida tanto en la fase de
oposición como en la de concurso, desglosada esta última conforme a los apartados del
baremo de méritos. Esta deberá estar ordenada por orden alfabético. Junto a las mismas
se publicará relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo,
ordenada por orden de puntuación alcanzada de mayor a menor. Dicho acuerdo será
publicado en la siguiente dirección de la página web de la Universidad de Sevilla:
https://recursoshumanos.us.es abriéndose un plazo de reclamaciones de cinco días
hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación.
8.2. Acuerdo definitivo de personas que han superado el proceso selectivo. Finalizado
el plazo anterior, y resueltas las reclamaciones que puedan presentarse, el Tribunal de
Valoración elevará a definitiva la relación de personas aprobadas.
En ningún caso el Tribunal de Valoración podrá aprobar ni declarar que han superado
las pruebas selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas.
Cualquier propuesta de personas aprobadas que contravenga lo anterior será nula de
pleno derecho.
En el supuesto de que el número de aspirantes aprobados fuera inferior al de plazas
convocadas, las sobrantes se declararán desiertas.
8.3. Publicación de la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Dicha relación se remitirá al Rector, el cual, previa declaración de conformidad ordenará
su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
En caso de empate en las puntuaciones de las personas aspirantes, el orden de la
relación de aprobados se establecerá atendiendo a la mayor puntuación obtenida en la
fase de oposición. Si continuase el empate, se atenderá a la mayor puntuación obtenida en
la fase de concurso. De subsistir el empate, éste se resolverá acudiendo sucesivamente
a la puntuación obtenida en los distintos méritos valorados, según el orden establecido
en las presentes bases. Si persistiera el empate, este se resolverá en favor de la persona
que acredite mayor tiempo de servicios prestados en la base 7.3.3.1 y por el orden que
esta establece. Como último criterio se procederá al sorteo de las dos primeras letras del
apellido en orden ascendente por el que se determinará dicho desempate.
En el supuesto de que alguna de las personas aspirantes con discapacidad que se
haya presentado por los cupos de reserva superase el ejercicio correspondiente, pero no
obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la obtenida
por otro/a aspirante del sistema de acceso general que pudieran obtener plaza, se incluirá
por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.