Autoridades y personal. Universidades. (2022/212-50)
Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Universidad de Sevilla, por la que se convocan pruebas selectivas de acceso libre, por el sistema concurso-oposición, para el ingreso en la Escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla, correspondientes a la Oferta de Empleo Público para la estabilización de empleo temporal del Personal de Administración y Servicios para el año 2022.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
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b) Original del título académico oficial exigido para el acceso a esta Escala, o
justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos
para su obtención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse original
de la documentación que acredite su homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia.
c) Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado/a del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio
de las correspondientes funciones de la Escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla.
d) Certificado de aptitud de desempeño de la plaza. Atendiendo al turno de acceso al
proceso selectivo, deberá presentarse:
- Turno general: Las personas aspirantes que acceden por el turno general deberán
presentar certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la Escala Auxiliar expedido por el facultativo del
Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro
facultativo colegiado.
- Turno discapacidad: Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual
o superior al 33% deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Junta de
Andalucía o de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar
las funciones de la Escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla. Los/as aspirantes podrán
optar por no adjuntar dicho certificado y, en ese caso, de haber sido reconocida la
discapacidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, deberán autorizar al órgano gestor
de la presente convocatoria a solicitar la acreditación de los requisitos exigidos en este
punto a los órganos competentes en materia de servicios sociales de la Junta de Andalucía
a fin de que emitan el correspondiente certificado de aptitud. A estos efectos, se deberá
presentar debidamente cumplimentado el Anexo II a esta convocatoria, autorizando o
denegando la autorización a la Universidad de Sevilla para recabar dicha documentación.
9.2. Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario
interino o personal contratado en esta Universidad estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos para su nombramiento,
debiendo presentar únicamente la documentación que no se encuentre debidamente
acreditada en su expediente.
9.3. Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de esta
convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9.4. Elección de destinos. La elección de las plazas se realizará por las personas que
han superado el proceso selectivo según el orden de puntuación obtenida. El mecanismo
de elección y adjudicación de destinos será acordado y resuelto por resolución de la
Dirección de Recursos Humanos.
9.5. Nombramientos. La autoridad convocante, a propuesta del Tribunal de Valoración,
dictará resolución por la que se nombren funcionarios/as de carrera a las personas
candidatas que hayan superado el proceso selectivo, la cual se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
9.6. Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria
para ser nombrado/a funcionario/a de carrera, o concurra alguna de las causas de pérdida
de la condición de funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento
o toma de posesión, el Rector requerirá del Tribunal de Valoración la relación
complementaria de personas aspirantes con mejor derecho para acceder a la/s plaza/s,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270536
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
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b) Original del título académico oficial exigido para el acceso a esta Escala, o
justificación acreditativa de haberlo solicitado y abonado los correspondientes derechos
para su obtención.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá presentarse original
de la documentación que acredite su homologación o en su caso del correspondiente
certificado de equivalencia.
c) Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado/a del servicio de
ninguna de las Administraciones Públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio
de las correspondientes funciones de la Escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla.
d) Certificado de aptitud de desempeño de la plaza. Atendiendo al turno de acceso al
proceso selectivo, deberá presentarse:
- Turno general: Las personas aspirantes que acceden por el turno general deberán
presentar certificado médico oficial que acredite poseer la capacidad funcional para el
desempeño de las tareas propias de la Escala Auxiliar expedido por el facultativo del
Sistema Nacional de Salud que corresponda a la persona interesada o por cualquier otro
facultativo colegiado.
- Turno discapacidad: Las personas aspirantes que presenten una discapacidad igual
o superior al 33% deberán aportar certificado de los órganos competentes de la Junta de
Andalucía o de otras Administraciones Públicas que acrediten su aptitud para desempeñar
las funciones de la Escala Auxiliar de la Universidad de Sevilla. Los/as aspirantes podrán
optar por no adjuntar dicho certificado y, en ese caso, de haber sido reconocida la
discapacidad en la Comunidad Autónoma de Andalucía, deberán autorizar al órgano gestor
de la presente convocatoria a solicitar la acreditación de los requisitos exigidos en este
punto a los órganos competentes en materia de servicios sociales de la Junta de Andalucía
a fin de que emitan el correspondiente certificado de aptitud. A estos efectos, se deberá
presentar debidamente cumplimentado el Anexo II a esta convocatoria, autorizando o
denegando la autorización a la Universidad de Sevilla para recabar dicha documentación.
9.2. Exención de justificación. Quienes tuvieran la condición de personal funcionario
interino o personal contratado en esta Universidad estarán exentos de justificar
documentalmente las condiciones y demás requisitos exigidos para su nombramiento,
debiendo presentar únicamente la documentación que no se encuentre debidamente
acreditada en su expediente.
9.3. Anulación de actuaciones. Quienes, dentro del plazo fijado, y salvo los casos de
fuerza mayor, no presentasen la documentación requerida o del examen de la misma
se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2 de esta
convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as de carrera y quedarán
anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieran incurrido
por falsedad en la solicitud inicial.
9.4. Elección de destinos. La elección de las plazas se realizará por las personas que
han superado el proceso selectivo según el orden de puntuación obtenida. El mecanismo
de elección y adjudicación de destinos será acordado y resuelto por resolución de la
Dirección de Recursos Humanos.
9.5. Nombramientos. La autoridad convocante, a propuesta del Tribunal de Valoración,
dictará resolución por la que se nombren funcionarios/as de carrera a las personas
candidatas que hayan superado el proceso selectivo, la cual se publicará en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
9.6. Con la finalidad de asegurar la cobertura de las plazas convocadas, cuando se
produzcan renuncias, falta de acreditación de los requisitos exigidos en la convocatoria
para ser nombrado/a funcionario/a de carrera, o concurra alguna de las causas de pérdida
de la condición de funcionario en las personas propuestas antes de su nombramiento
o toma de posesión, el Rector requerirá del Tribunal de Valoración la relación
complementaria de personas aspirantes con mejor derecho para acceder a la/s plaza/s,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270536
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía