Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/212-4)
Resolución de 26 de octubre de 2022, de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se establecen especificaciones del procedimiento para la aprobación de proyectos de programas operativos y de dotación de fondo operativo y de sus modificaciones de anualidades no comenzadas y de modificaciones durante la anualidad en curso, así como la comunicación resumen de estas por parte de las organizaciones de productores o las asociaciones de organizaciones de productores de frutas y hortalizas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, para las solicitudes presentadas en virtud del Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17362/2
Por razón de lo expuesto, en virtud y uso de las atribuciones conferidas por la
legislación vigente y, en particular, el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural,
RESU ELVO
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas objeto de la presente resolución se rigen por lo establecido en:
- Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC) y por el que se derogan los Reglamentos (UE)
1305/2013 y (UE) 1307/2013.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por
el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Reglamento (UE) 2021/2117, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, que modifica el Reglamento (UE) 1308/2013.
- Plan Estratégico de la Política Agrícola de España.
- Reglamento (UE) 2021/2116, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola
Común, por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
- Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regula el reconocimiento y el
funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
- Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y
programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y
hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Directrices Nacionales para la elaboración de los pliegos de condiciones referentes
a las Acciones Medioambientales , del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Ley 9/2007, de 22 octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270615
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Establecer especificaciones de procedimiento, para la aprobación de las solicitudes
siguientes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo
establecido en el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre:
a) Solicitudes de aprobación de proyectos de programas operativos, establecidos por
el apartado 6.b) del artículo 5 del Reglamento (UE) 2021/2117, de 2 de diciembre de 2021,
o el apartado 1.2.º de la disposición transitoria única del Real Decreto 857/2022, de 11 de
octubre.
b) Solicitudes de dotación de fondo operativo.
c) Solicitudes de modificación de programas operativos y de dotación de fondo
operativo para anualidades no comenzadas, establecido por el apartado 6.a) del artículo 5
del Reglamento (UE) 2021/2117, de 2 de diciembre de 2021.
d) Solicitudes de modificación de programas operativos durante la anualidad en curso.
e) Comunicación resumen de modificaciones de programas operativos durante la
anualidad en curso.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 212 - Viernes, 4 de noviembre de 2022
página 17362/2
Por razón de lo expuesto, en virtud y uso de las atribuciones conferidas por la
legislación vigente y, en particular, el artículo 13 del Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Pesca,
Agua y Desarrollo Rural,
RESU ELVO
Segundo. Régimen jurídico.
Las ayudas objeto de la presente resolución se rigen por lo establecido en:
- Reglamento (UE) 2021/2115, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, por el que se establecen normas en relación con la ayuda a los planes
estratégicos que deben elaborar los Estados miembros en el marco de la política agrícola
común (planes estratégicos de la PAC) y por el que se derogan los Reglamentos (UE)
1305/2013 y (UE) 1307/2013.
- Reglamento Delegado (UE) 2022/126 de la Comisión, de 7 de diciembre de 2021, por
el que se completa el Reglamento (UE) 2021/2115 del Parlamento Europeo y del Consejo.
- Reglamento (UE) 2021/2117, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, que modifica el Reglamento (UE) 1308/2013.
- Plan Estratégico de la Política Agrícola de España.
- Reglamento (UE) 2021/2116, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 2 de
diciembre de 2021, sobre la financiación, gestión y seguimiento de la Política Agrícola
Común, por el que se deroga el Reglamento (UE) 1306/2013.
- Real Decreto 532/2017, de 26 de mayo, por el que se regula el reconocimiento y el
funcionamiento de las organizaciones de productores del sector de frutas y hortalizas.
- Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan los fondos y
programas operativos de las organizaciones de productores del sector de las frutas y
hortalizas y de sus asociaciones en el marco de la intervención sectorial del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común.
- Directrices Nacionales para la elaboración de los pliegos de condiciones referentes
a las Acciones Medioambientales , del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Decreto Legislativo 1/2010, de 2 marzo, que aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
- Ley 9/2007, de 22 octubre, de Administración de la Junta de Andalucía.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
- Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270615
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
1. Establecer especificaciones de procedimiento, para la aprobación de las solicitudes
siguientes, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en virtud de lo
establecido en el Real Decreto 857/2022, de 11 de octubre:
a) Solicitudes de aprobación de proyectos de programas operativos, establecidos por
el apartado 6.b) del artículo 5 del Reglamento (UE) 2021/2117, de 2 de diciembre de 2021,
o el apartado 1.2.º de la disposición transitoria única del Real Decreto 857/2022, de 11 de
octubre.
b) Solicitudes de dotación de fondo operativo.
c) Solicitudes de modificación de programas operativos y de dotación de fondo
operativo para anualidades no comenzadas, establecido por el apartado 6.a) del artículo 5
del Reglamento (UE) 2021/2117, de 2 de diciembre de 2021.
d) Solicitudes de modificación de programas operativos durante la anualidad en curso.
e) Comunicación resumen de modificaciones de programas operativos durante la
anualidad en curso.