3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/209-49)
Orden de 20 de septiembre de 2022, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Jamón de Serón».
16 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022

página 17097/8

Artículo 10. Sesiones del Pleno.
1. El Pleno del Consejo Regulador funciona en régimen de sesiones ordinarias y
extraordinarias.
2. El Pleno del Consejo se reunirá cuando lo convoque la Presidencia, siendo
obligatorio celebrar sesión ordinaria por lo menos una vez al semestre.
3. Las convocatorias de las sesiones ordinarias del Pleno han de comunicarse, al
menos, con diez días hábiles de antelación, debiendo acompañar a la citación, el orden
del día para la reunión, en la que no se podrá tratar ni aprobar más asuntos que los
previamente señalados, sin perjuicio de lo establecido en el apartado 8 de este mismo
artículo.
4. Asimismo, el Pleno celebrará sesión extraordinaria cuando lo solicite al menos
un tercio del número legal de miembros del Pleno. La celebración del Pleno no podrá
demorarse más de cinco días hábiles desde que fuera solicitada. En caso de urgencia
podrá citarse a las vocalías por cualquier medio que permita tener constancia de que se
ha recibido la notificación con veinticuatro horas de antelación como mínimo, debiendo
acompañar a la citación el orden del día para la reunión.
5. El primer punto del orden del día de las sesiones de carácter extraordinario será la
ratificación de dicho carácter por el Pleno, no pudiéndose celebrar la sesión en caso de
no producirse esta ratificación.
6. La documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, tanto en
las sesiones ordinarias como extraordinarias, así como cualquier información que deba
servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de todos
los miembros, desde el mismo día de la convocatoria, en la sede del Consejo Regulador.
Cuando sea posible, dicha documentación será remitida electrónicamente a las vocalías
por la Secretaría General. A su vez, podrá estar a disposición de las vocalías la
documentación a través de herramientas electrónicas que permitan su almacenamiento
virtual y consulta desde cualquier dispositivo con acceso a Internet.
7. El Pleno del Consejo Regulador quedará válidamente constituido en primera
convocatoria, cuando estén presentes o con el voto delegado, la Presidencia y, al menos,
dos de las vocalías, requiriéndose así mismo la presencia de la Secretaría General para
el levantamiento del acta de la sesión. No alcanzando el quorum establecido, el Consejo
Regulador quedará constituido en segunda convocatoria, en la fecha y hora establecida
en dicha convocatoria, con la presencia de la Presidencia, o en ausencia de la misma con
la de la Vicepresidencia, la Secretaría General y una vocalía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270362

administrativa, previo recurso de alzada formulado ante la Consejería competente en
materia agraria, en los términos establecidos por dicha ley y en el artículo 115.1 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre.
7. Aprobar o denegar de forma motivada las solicitudes de inscripción o baja en el
Registro del Consejo Regulador.
8. Elegir el sistema de control, de conformidad con los artículos 13.2.b) y 32.1 de la Ley
2/2011, de 25 de marzo, y según lo estipulado en el artículo 15 del presente Reglamento
9. Aprobar el manual de procedimientos de gestión administrativa del Consejo
Regulador.
10. Expedir los certificados de origen del producto de acuerdo con el pliego de
condiciones de la IGP «Jamón de Serón».
11. Aprobar o ratificar las solicitudes de ayudas y subvenciones públicas. Dicha
ratificación se deberá llevar a cabo en el primer Pleno que se convoque. En caso de que
las correspondientes bases reguladoras prevean la aceptación de la ayuda o subvención,
la ratificación deberá producirse con anterioridad a la misma.
12. Elección de las vocalías de la Comisión Permanente.
13. Cualquier otra que le atribuya expresamente este Reglamento.