3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/209-64)
Acuerdo de 24 de octubre de 2022, de la Universidad de Almería, por el que se aprueba el Reglamento General de Procedimiento Electoral de la Universidad de Almería.
22 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
C O NS E J E R Í A DE LA P R E S I DE NC I A E I G U A LDA D
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
Secretaría General Técnica
Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022
página 17024/9
Hoja 9 de 22
n) Fecha de votaciones, que necesariamente ha de ser un día lectivo.
ñ) Fecha de votaciones en segunda vuelta, en su caso, en las elecciones a Rector.
o) Fecha de proclamación provisional de candidatos electos.
p) Plazo de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos.
q) Plazo de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos.
r) Fecha de proclamación definitiva de candidatos electos.
2. Asimismo, la resolución de convocatoria deberá incluir, cuando proceda, el momento en que se publicará el
número de representantes elegibles en cada sector y, en su caso, circunscripción electoral.
3. Igualmente, la resolución de convocatoria contendrá los locales donde hayan de celebrarse las votaciones, así
como el horario durante el que se desarrollarán.
4. La convocatoria y los actos que de aquí se deriven deberán hacerse públicos.
Artículo 18. Elecciones a órganos unipersonales distintos del Rector.
1. Los órganos unipersonales, distintos del Rector, serán elegidos por los órganos colegiados correspondientes.
2. La convocatoria de elecciones a órganos unipersonales se realizará en el plazo máximo de diez días hábiles
desde la constitución del órgano colegiado o desde el cese o revocación del titular del órgano unipersonal. Serán
convocadas por el órgano unipersonal saliente, a petición de la JEU.
3. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, la JEU comunicará tal circunstancia al
Rector, quien convocará elecciones dentro de los tres días siguientes a dicho incumplimiento.
4. Para la elección del órgano unipersonal se convocará sesión extraordinaria del órgano correspondiente con un
único punto en el orden del día: Elección de Decano, Director de escuela o Director de departamento. A dicha
convocatoria extraordinaria se adjuntará la convocatoria de elecciones.
5. Las votaciones se celebrarán entre los cinco y diez días hábiles siguientes a la proclamación definitiva de
candidatos.
00270292
Artículo 19. Requisitos generales de la convocatoria de elecciones a órganos unipersonales distintos del
Rector.
1. La resolución de convocatoria de elecciones deberá indicar, al menos, los siguientes plazos y fechas del
calendario electoral:
a) Plazo para la presentación de candidaturas.
b) Fecha de proclamación provisional de candidatos.
c) Fecha de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos.
d) Fecha de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos.
e) Fecha de proclamación definitiva de candidatos.
f) Fecha del sorteo para establecer el orden de colocación de los candidatos en las papeletas de votación.
g) Fecha del sorteo para la designación de los miembros de las Mesas Electorales.
h) Plazo de la campaña electoral.
i) Día de reflexión.
j) Fecha de votación en primera vuelta.
k) Fecha de proclamación provisional de candidatos electos.
l) Plazo de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos.
m) Fecha de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos y
proclamación definitiva de candidatos electos.
n) Fecha de votación en segunda vuelta, en su caso.
ñ) Fecha de proclamación provisional de candidatos electos en segunda vuelta.
o) Plazo de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos en segunda
vuelta.
p) Fecha de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos en
segunda vuelta y proclamación definitiva de candidatos electos.
2. La JEU designará a los miembros del órgano colegiado que formarán la Mesa.
3. La votación a los órganos unipersonales se realizará por llamamiento del secretario de la mesa. La sesión
extraordinaria del órgano correspondiente se prolongará hasta que puedan ejercer su derecho todos los presentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
ORGANISMO:
Secretaría General Técnica
Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía
Número 209 - Lunes, 31 de octubre de 2022
página 17024/9
Hoja 9 de 22
n) Fecha de votaciones, que necesariamente ha de ser un día lectivo.
ñ) Fecha de votaciones en segunda vuelta, en su caso, en las elecciones a Rector.
o) Fecha de proclamación provisional de candidatos electos.
p) Plazo de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos.
q) Plazo de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos.
r) Fecha de proclamación definitiva de candidatos electos.
2. Asimismo, la resolución de convocatoria deberá incluir, cuando proceda, el momento en que se publicará el
número de representantes elegibles en cada sector y, en su caso, circunscripción electoral.
3. Igualmente, la resolución de convocatoria contendrá los locales donde hayan de celebrarse las votaciones, así
como el horario durante el que se desarrollarán.
4. La convocatoria y los actos que de aquí se deriven deberán hacerse públicos.
Artículo 18. Elecciones a órganos unipersonales distintos del Rector.
1. Los órganos unipersonales, distintos del Rector, serán elegidos por los órganos colegiados correspondientes.
2. La convocatoria de elecciones a órganos unipersonales se realizará en el plazo máximo de diez días hábiles
desde la constitución del órgano colegiado o desde el cese o revocación del titular del órgano unipersonal. Serán
convocadas por el órgano unipersonal saliente, a petición de la JEU.
3. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior, la JEU comunicará tal circunstancia al
Rector, quien convocará elecciones dentro de los tres días siguientes a dicho incumplimiento.
4. Para la elección del órgano unipersonal se convocará sesión extraordinaria del órgano correspondiente con un
único punto en el orden del día: Elección de Decano, Director de escuela o Director de departamento. A dicha
convocatoria extraordinaria se adjuntará la convocatoria de elecciones.
5. Las votaciones se celebrarán entre los cinco y diez días hábiles siguientes a la proclamación definitiva de
candidatos.
00270292
Artículo 19. Requisitos generales de la convocatoria de elecciones a órganos unipersonales distintos del
Rector.
1. La resolución de convocatoria de elecciones deberá indicar, al menos, los siguientes plazos y fechas del
calendario electoral:
a) Plazo para la presentación de candidaturas.
b) Fecha de proclamación provisional de candidatos.
c) Fecha de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos.
d) Fecha de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos.
e) Fecha de proclamación definitiva de candidatos.
f) Fecha del sorteo para establecer el orden de colocación de los candidatos en las papeletas de votación.
g) Fecha del sorteo para la designación de los miembros de las Mesas Electorales.
h) Plazo de la campaña electoral.
i) Día de reflexión.
j) Fecha de votación en primera vuelta.
k) Fecha de proclamación provisional de candidatos electos.
l) Plazo de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos.
m) Fecha de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos y
proclamación definitiva de candidatos electos.
n) Fecha de votación en segunda vuelta, en su caso.
ñ) Fecha de proclamación provisional de candidatos electos en segunda vuelta.
o) Plazo de presentación de recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos en segunda
vuelta.
p) Fecha de resolución de los recursos contra el acto de proclamación provisional de candidatos electos en
segunda vuelta y proclamación definitiva de candidatos electos.
2. La JEU designará a los miembros del órgano colegiado que formarán la Mesa.
3. La votación a los órganos unipersonales se realizará por llamamiento del secretario de la mesa. La sesión
extraordinaria del órgano correspondiente se prolongará hasta que puedan ejercer su derecho todos los presentes.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja