Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/207-2)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se conceden tres becas a las personas beneficiarias suplentes correspondientes a la convocatoria realizada mediante Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Acción Exterior, por la que se convocaron las becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior para 2022-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022

página 16908/7

Tercero. Dejar sin efecto la adjudicación de la beca en la Secretaría General de Acción
Exterior, Unión Europea y Cooperación en Sevilla, concedida a doña María del Carmen
Cortés Román, con DNI **5112***, al no haberse incorporado en el centro directivo en el
plazo establecido, sin causa justificada y haber sido aceptada su renuncia por Resolución
de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación de 3 de
octubre de 2022.
Cuarto. Conceder una beca en la Secretaría General de Acción Exterior Unión
Europea y Cooperación, en Sevilla, a doña Inés Satué Crespo, con DNI ***8460**,
siguiente persona beneficiaria suplente disponible, según figura en el resuelvo séptimo
de la Resolución de 13 de septiembre con el número 1 en el orden de prelación de la lista
de personas beneficiarias suplentes y una puntuación total de 17,5.
Quinto. Conceder una beca en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas
a doña Yasmina Saqqaa Acuña, con DNI **8742***, siguiente persona beneficiaria
suplente disponible de acuerdo con lo señalado en el Antecedente de Hecho séptimo de
la presente resolución y según figura en el resuelvo séptimo de la Resolución de 13 de
septiembre con el número 5 en el orden de prelación de la lista de personas beneficiarias
suplentes y una puntuación total de 12,65.
Sexto. Conceder una beca en la Delegación de la Junta de Andalucía en Bruselas a
doña Carolina Conde García, con DNI **0821***, siguiente persona beneficiaria suplente
disponible de acuerdo con lo señalado en el Antecedente de Hecho séptimo de la
presente resolución y según figura en el resuelvo séptimo de la Resolución de 13 de
septiembre con el número 6 en el orden de prelación de la lista de personas beneficiarias
suplentes y una puntuación total de 8,9.

Octavo: Determinar que la duración de las becas ahora concedidas es de once meses,
iniciándose con efectos de 1 de noviembre de 2022 e incorporación el 2 de noviembre
(primer día hábil) y finalizará el 30 de septiembre de 2023, sin perjuicio de sus posibles
prórrogas en los términos previstos en el artículo 6 de la Orden de 13 de diciembre de
2021, reguladora de estas becas.
Según especifica el artículo 21.1 de la Orden de 13 de diciembre de 2021 «En el
plazo de los diez días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de concesión
en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, las personas beneficiarias y las personas
beneficiarias suplentes, mediante el formulario Anexo III de aceptación, incluido en la
convocatoria, deberán proceder a:
a) La aceptación de la beca y de cuantas obligaciones se deriven de la presente orden.
b) La renuncia, en su caso, a otras becas.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270173

Séptimo: Conceder a las personas adjudicatarias de las becas en la Delegación de la
Junta de Andalucía en Bruselas las siguientes cuantías, con la distribución que se indica:
Cuantía bruta de la dotación de la beca: 15.637 euros. El desglose de la dotación
queda establecido en los siguientes términos:
a) Una asignación mensual de 1.300 euros.
b) Una asignación de 1.337 euros para gastos de carácter extraordinario.
Igualmente, conceder a la persona adjudicataria de la beca en la Secretaría General
de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación en Sevilla las siguientes cuantías, con
la distribución que se indica:
Cuantía bruta de la dotación de la beca: 11.844 euros. El desglose de la dotación
queda establecido en los siguientes términos:
a) Una asignación mensual de 1.000 euros.
b) Una asignación de 844 euros para gastos de carácter extraordinario.