Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/207-2)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se conceden tres becas a las personas beneficiarias suplentes correspondientes a la convocatoria realizada mediante Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Acción Exterior, por la que se convocaron las becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior para 2022-2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022
página 16908/8
Las personas anteriormente suplentes y ahora beneficiarias ya han cumplido este
requisito declarando su aceptación de la beca con el correspondiente Anexo III en el
plazo señalado por la Resolución de concesión de 13 de septiembre de 2022.
Noveno. Declarar que, para las becas en la Secretaría General de Acción Exterior,
Unión Europea y Cooperación, han resultado, para el supuesto de renuncia, imposibilidad o
incumplimiento de las obligaciones por parte de las personas adjudicatarias, en los términos
del artículo 20.1.h) de la Orden de 13 de diciembre de 2021 reguladora de estas becas, las
siguientes personas beneficiarias suplentes, en el orden de prelación que se indica:
A) PERSONAS BENEFICIARIAS SUPLENTES PARA LAS BECAS EN LA SECRETARÍA
GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN EN SEVILLA
Orden
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI/NIF/NIE
Puntuación de los
méritos alegados
Puntuación de
la entrevista
personal
Puntuación
total
1
AMIROV BELOVA DMITRI
**5440***
9
7,1
16,1
2
POLO GARCÍA, BEATRIZ
**0734***
8
6,3
14,3
3
CARRATALÁ GUIJARRO, MARTA
**4194***
9
4,8
13,8
4
HIDALGO SÁNCHEZ, ADRIÁN
**0234***
6
5,7
11,7
5
MELERO ESCAMILLA, CRISTINA
**0208***
4,5
5,5
10
6
ALCAIDE IGLESIAS MARTA
**1663***
6
2,5
8,5
7
CANO MANRIQUE, CARLOS
ALBERTO
**1559***
5,25
2,5
7,75
Décimo. Declarar que, para las becas en la Delegación de la Junta de Andalucía
en Bruselas no existen personas que adquieran la condición de personas beneficiarias
suplentes para el supuesto de renuncia, imposibilidad o incumplimiento de las obligaciones
por parte de las personas adjudicatarias, en los términos del artículo 20.1.h) de la Orden
de 13 de diciembre de 2021, reguladora de estas becas.
Undécimo. Declarar el desistimiento de las solicitudes correspondientes a las personas
que figuran en los listados dispuestos en el antecedente de hecho sexto de esta resolución,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.g) de la Orden de 13 de diciembre de 2021.
Duodécimo. Aceptar y proceder al archivo de los expedientes de las personas que
han presentado su renuncia al procedimiento.
Sevilla, 20 de octubre de 2022.- El Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa, P.D. (Orden de 13 de diciembre de 2021), el Secretario
General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, José Enrique Millo Rocher.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270173
Decimotercero. Notificar esta resolución a las personas adjudicatarias y ordenar la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 21.3 de la Orden de 13 de diciembre de 2021 reguladora
de estas becas, advirtiendo a las personas interesadas que contra esta resolución, que
agota la vía administrativa, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este
órgano en el plazo de un mes o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 40, 41, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022
página 16908/8
Las personas anteriormente suplentes y ahora beneficiarias ya han cumplido este
requisito declarando su aceptación de la beca con el correspondiente Anexo III en el
plazo señalado por la Resolución de concesión de 13 de septiembre de 2022.
Noveno. Declarar que, para las becas en la Secretaría General de Acción Exterior,
Unión Europea y Cooperación, han resultado, para el supuesto de renuncia, imposibilidad o
incumplimiento de las obligaciones por parte de las personas adjudicatarias, en los términos
del artículo 20.1.h) de la Orden de 13 de diciembre de 2021 reguladora de estas becas, las
siguientes personas beneficiarias suplentes, en el orden de prelación que se indica:
A) PERSONAS BENEFICIARIAS SUPLENTES PARA LAS BECAS EN LA SECRETARÍA
GENERAL DE ACCIÓN EXTERIOR, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN EN SEVILLA
Orden
APELLIDOS Y NOMBRE
DNI/NIF/NIE
Puntuación de los
méritos alegados
Puntuación de
la entrevista
personal
Puntuación
total
1
AMIROV BELOVA DMITRI
**5440***
9
7,1
16,1
2
POLO GARCÍA, BEATRIZ
**0734***
8
6,3
14,3
3
CARRATALÁ GUIJARRO, MARTA
**4194***
9
4,8
13,8
4
HIDALGO SÁNCHEZ, ADRIÁN
**0234***
6
5,7
11,7
5
MELERO ESCAMILLA, CRISTINA
**0208***
4,5
5,5
10
6
ALCAIDE IGLESIAS MARTA
**1663***
6
2,5
8,5
7
CANO MANRIQUE, CARLOS
ALBERTO
**1559***
5,25
2,5
7,75
Décimo. Declarar que, para las becas en la Delegación de la Junta de Andalucía
en Bruselas no existen personas que adquieran la condición de personas beneficiarias
suplentes para el supuesto de renuncia, imposibilidad o incumplimiento de las obligaciones
por parte de las personas adjudicatarias, en los términos del artículo 20.1.h) de la Orden
de 13 de diciembre de 2021, reguladora de estas becas.
Undécimo. Declarar el desistimiento de las solicitudes correspondientes a las personas
que figuran en los listados dispuestos en el antecedente de hecho sexto de esta resolución,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.g) de la Orden de 13 de diciembre de 2021.
Duodécimo. Aceptar y proceder al archivo de los expedientes de las personas que
han presentado su renuncia al procedimiento.
Sevilla, 20 de octubre de 2022.- El Consejero de la Presidencia, Interior, Diálogo Social
y Simplificación Administrativa, P.D. (Orden de 13 de diciembre de 2021), el Secretario
General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, José Enrique Millo Rocher.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270173
Decimotercero. Notificar esta resolución a las personas adjudicatarias y ordenar la
publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo
con lo previsto en el artículo 21.3 de la Orden de 13 de diciembre de 2021 reguladora
de estas becas, advirtiendo a las personas interesadas que contra esta resolución, que
agota la vía administrativa, podrán interponer recurso potestativo de reposición ante este
órgano en el plazo de un mes o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la
Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en el
plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 40, 41, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.