Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/207-2)
Resolución de 20 de octubre de 2022, de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación, por la que se conceden tres becas a las personas beneficiarias suplentes correspondientes a la convocatoria realizada mediante Resolución de 24 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Acción Exterior, por la que se convocaron las becas de formación y especialización sobre la Unión Europea y Acción Exterior para 2022-2023.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022

página 16908/6

Undécimo. El artículo 26 de la Orden de bases reguladoras de 13 de diciembre de
2021, relativo al modo de justificación, establece lo siguiente:
1. Durante todo el período de disfrute de la beca, la justificación de los gastos
correspondientes a cada asignación mensual se realizará por módulos tras las
mensualidades vencidas.
2. La persona becada deberá presentar en el transcurso del primer mes de vigencia
de la beca, a la Secretaría General de Acción Exterior, la documentación justificativa
de los gastos derivados de la contratación del seguro, para su abono con cargo a la
asignación prevista para gastos extraordinarios.
Así mismo, deberá presentar, en su caso, a la Secretaría General de Acción Exterior,
la documentación justificativa de los demás gastos extraordinarios a los que se refiere el
artículo 4 de esta Orden, en un plazo no superior a un mes desde la fecha de realización
de los mismos.
Duodécimo. Para la adjudicación de estas becas se ha seguido el procedimiento de
concesión de subvenciones regladas en concurrencia competitiva previsto en la Orden
de 13 de diciembre de 2021 y en el Reglamento de los Procedimientos de Concesión
de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto
282/2010, de 4 de mayo, por lo que las solicitudes se han valorado siguiendo los criterios
previstos el artículo 10 de la Orden de bases reguladoras respecto a: expediente
académico, formación específica en materias relacionadas con las becas convocadas,
conocimiento de idiomas según cada tipo de beca, experiencia o prácticas relacionadas
con las materias objeto de la beca, así como la entrevista personal realizada.
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones; en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio;
en el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía,
aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo; en el Decreto 286/2021, de
28 de diciembre, por el que se establecen las condiciones específicas a las que debe
ajustarse la prórroga del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el
ejercicio 2022, en el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones
de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto 282/2010, de 4 de
mayo, así como en la Orden de 13 de diciembre de 2021, reguladora de estas ayudas y
en las demás disposiciones aplicables.
Vistos los preceptos legales citados, así como los antecedentes de hecho ya
expuestos, este Secretario General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación,
por delegación de la persona titular de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo
Social y Simplificación Administrativa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 de
la Orden de 13 de diciembre de 2021 y fiscalizada de conformidad la propuesta de gasto
derivada del presente expediente con cargo a la aplicación económica 482.01.82.A,
RESU ELV E

Segundo. Dejar sin efecto la adjudicación de la beca en la Delegación de la Junta de
Andalucía, en Bruselas, concedida a don Juan Diego Sánchez Fernández, DNI **0316***,
al haber declarado su renuncia a la citada beca y haber sido aceptada su renuncia por
Resolución de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación
de 27 de septiembre de 2022.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00270173

Primero. Dejar sin efecto la adjudicación de la beca en la Delegación de la Junta
de Andalucía, en Bruselas, concedida a don Alberto Durán Ortiz, con DNI **3425***, al
haber declarado su renuncia a la citada beca y haber sido aceptada su renuncia por
Resolución de la Secretaría General de Acción Exterior, Unión Europea y Cooperación
de 27 de septiembre de 2022.