Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/207-4)
Acuerdo de 18 de octubre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Plan de Alta Frecuentación 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022
página 16885/5
Consejería de Salud y Consumo
Servicio Andaluz de Salud
La sensación de descontrol que, amplificada desde otras esferas del propio centro y desde los
medios de comunicación, se transmite a la ciudadanía cuando estas circunstancias se mantienen
en el tiempo.
Todas estas medidas se plantearon en el plan de Alta Frecuentación 2020-2021 y que consideramos
mantener en el plan de este año.
3
El Plan de Alta Frecuentación (PAF) persigue la puesta en marcha de actuaciones que afecten al Hospital y
Distrito en su conjunto, o al Área de Gestión Sanitaria en su caso, considerando que las actuaciones a estos niveles
facilitan sobremanera el desarrollo de la actividad asistencial con la puesta en marcha de las medidas necesarias
fundamentalmente a nivel de los servicios de urgencias hospitalarios (SUH), las unidades de cuidados intensivos
(UCI), las unidades de hospitalización (sobre todo Medicina Interna y Neumología), unidades diagnósticas, unidades
de Medicina Preventiva y Salud Pública, unidades de Prevención de Riesgos Laborales, los equipos de atención
primaria (EBAP) y los servicios de urgencias de atención primaria (SUAP).
Para la definición del PAF, la Consejería de Salud y Consumo ha creado una Comisión de alta frecuentación
GRIPE/COVID 2022-2023 que marcará las líneas estratégicas a desarrollar e impulsar, al igual que se organizó la
temporada pasada. El PAF estará en disposición de ser implementado en cualquier momento, si bien está
diseñado específicamente para el escenario previsto en otoño 2022 e invierno 2023. Su activación y
seguimiento, cuando sea necesario, debe ser capitaneada por los Equipos de Dirección de los Distritos, Áreas y
Hospitales, siendo de capital importancia la implicación de las respectivas Gerencias en su desarrollo y en la
adaptación de éste en las distintas unidades que de ellos dependen.
El PAF, por tanto, deberá estar en plena capacidad operativa y debidamente coordinado en todo momento,
si bien hay que tener una vigilancia especial en los meses de otoño e invierno (1 de octubre 2022 a 31 de marzo 2023).
-
-
-
Se establecerán medidas y protocolos de actuación por servicio y ámbito, del hospital y del distrito en
su conjunto, así como de la relación y actuación entre ámbitos asistenciales hospital-atención primaria
y CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIA 061.
Definir de igual forma la estructura de atención en el domicilio que ayudará a evitar los ingresos
hospitalarios y al trabajo en red con el hospital y centros residenciales.
Definir y planificar el modelo de prestación sanitaria y forma de trabajo en residencias, donde se definan
los circuitos de trabajo entre los centros residenciales y la atención primaria y el hospital.
Determinar las necesidades de equipos de protección individual y/o medidas de protección, así como
mantener un estocaje para un mínimo de seis meses.
Determinar las necesidades de respiradores, y establecer un estocaje que nos permita dar respuesta
asistencialmente en situación de desbordamiento de UCIs.
Establecer sistemas de comunicación para los profesionales y la ciudadanía (Salud Responde,
Cartelería, Redes Sociales…).
Se recuerda la necesidad de observar rigurosamente la formación, normativa e instrucciones relativas a
la Prevención de Riesgos Laborales de los profesionales sobre el abordaje de contactos con pacientes
sospechosos o positivos al Covid-19, adicionalmente a la aplicación de los protocolos vigentes del
Ministerio de Sanidad.
Incidir en la vacunación de gripe y antineumocócica en las poblaciones diana al igual que en la
temporada 2021-2022.
Seguir las indicaciones vigentes relativas a la vacunación Covid19. Con especial atención a las
actualizaciones del Ministerio de Sanidad del Gobierno de España
PAF GRIPE y COVID19 2022-2023
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270135
2. OPERATIVIZACIÓN DEL PLAN.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 207 - Jueves, 27 de octubre de 2022
página 16885/5
Consejería de Salud y Consumo
Servicio Andaluz de Salud
La sensación de descontrol que, amplificada desde otras esferas del propio centro y desde los
medios de comunicación, se transmite a la ciudadanía cuando estas circunstancias se mantienen
en el tiempo.
Todas estas medidas se plantearon en el plan de Alta Frecuentación 2020-2021 y que consideramos
mantener en el plan de este año.
3
El Plan de Alta Frecuentación (PAF) persigue la puesta en marcha de actuaciones que afecten al Hospital y
Distrito en su conjunto, o al Área de Gestión Sanitaria en su caso, considerando que las actuaciones a estos niveles
facilitan sobremanera el desarrollo de la actividad asistencial con la puesta en marcha de las medidas necesarias
fundamentalmente a nivel de los servicios de urgencias hospitalarios (SUH), las unidades de cuidados intensivos
(UCI), las unidades de hospitalización (sobre todo Medicina Interna y Neumología), unidades diagnósticas, unidades
de Medicina Preventiva y Salud Pública, unidades de Prevención de Riesgos Laborales, los equipos de atención
primaria (EBAP) y los servicios de urgencias de atención primaria (SUAP).
Para la definición del PAF, la Consejería de Salud y Consumo ha creado una Comisión de alta frecuentación
GRIPE/COVID 2022-2023 que marcará las líneas estratégicas a desarrollar e impulsar, al igual que se organizó la
temporada pasada. El PAF estará en disposición de ser implementado en cualquier momento, si bien está
diseñado específicamente para el escenario previsto en otoño 2022 e invierno 2023. Su activación y
seguimiento, cuando sea necesario, debe ser capitaneada por los Equipos de Dirección de los Distritos, Áreas y
Hospitales, siendo de capital importancia la implicación de las respectivas Gerencias en su desarrollo y en la
adaptación de éste en las distintas unidades que de ellos dependen.
El PAF, por tanto, deberá estar en plena capacidad operativa y debidamente coordinado en todo momento,
si bien hay que tener una vigilancia especial en los meses de otoño e invierno (1 de octubre 2022 a 31 de marzo 2023).
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Se establecerán medidas y protocolos de actuación por servicio y ámbito, del hospital y del distrito en
su conjunto, así como de la relación y actuación entre ámbitos asistenciales hospital-atención primaria
y CENTRO DE EMERGENCIAS SANITARIA 061.
Definir de igual forma la estructura de atención en el domicilio que ayudará a evitar los ingresos
hospitalarios y al trabajo en red con el hospital y centros residenciales.
Definir y planificar el modelo de prestación sanitaria y forma de trabajo en residencias, donde se definan
los circuitos de trabajo entre los centros residenciales y la atención primaria y el hospital.
Determinar las necesidades de equipos de protección individual y/o medidas de protección, así como
mantener un estocaje para un mínimo de seis meses.
Determinar las necesidades de respiradores, y establecer un estocaje que nos permita dar respuesta
asistencialmente en situación de desbordamiento de UCIs.
Establecer sistemas de comunicación para los profesionales y la ciudadanía (Salud Responde,
Cartelería, Redes Sociales…).
Se recuerda la necesidad de observar rigurosamente la formación, normativa e instrucciones relativas a
la Prevención de Riesgos Laborales de los profesionales sobre el abordaje de contactos con pacientes
sospechosos o positivos al Covid-19, adicionalmente a la aplicación de los protocolos vigentes del
Ministerio de Sanidad.
Incidir en la vacunación de gripe y antineumocócica en las poblaciones diana al igual que en la
temporada 2021-2022.
Seguir las indicaciones vigentes relativas a la vacunación Covid19. Con especial atención a las
actualizaciones del Ministerio de Sanidad del Gobierno de España
PAF GRIPE y COVID19 2022-2023
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270135
2. OPERATIVIZACIÓN DEL PLAN.