3. Otras disposiciones. Universidades. (2022/206-56)
Resolución de 21 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se determina la estructura de gobierno.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Miércoles, 26 de octubre de 2022
página 16795/4
b) Relación con los estudiantes y sus representantes.
c) Coordinación de la admisión a las titulaciones de la Universidad, así como de las
normas de permanencia del estudiantado.
d) Movilidad de estudiantes para los estudios en el extranjero, Erasmus y Erasmus+.
e) Funciones relativas a orientación e información de estudiantes.
f) Desarrollo de la cultura de emprendimiento de la Universidad.
g) Programas de inserción laboral de los egresados y egresadas.
h) Programa alumni con egresados y egresadas.
i) Políticas de Voluntariado Universitario
j) Políticas de accesibilidad y diversidad funcional para el estudiantado.
k) Promoción de convenios y elaboración de programas destinados a las materias
propias de su vicerrectorado.
l) Participación en comisiones y grupos de trabajo de los que forme parte la UNIA, en
función de sus competencias.
Artículo 8. Delegación del Rector para la Transformación Digital y la atracción del talento.
1. La persona titular de la Delegación del Rector para la Transformación Digital y la
Atracción de Talento, equiparada a un Vicerrectorado a los efectos de los artículos 2 y 4
del Reglamento del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía
(aprobado por Consejo de Gobierno de 29 de septiembre de 2021 (BOUNIA núm 7, de 5
de octubre de 2021), coordina y supervisa, bajo la dirección del Rectorado, las siguientes
materias, de las que es competente:
a) Dirección, impulso y coordinación de los servicios informáticos, las comunicaciones,
la seguridad de la información y los servicios audiovisuales.
b) Coordinación de las tecnologías al servicio de la gestión, la investigación y la
docencia, así como de las aplicaciones corporativas.
c) Colaboración con la Secretaría General y la gerencia en la implantación e impulso
de la Administración Electrónica y en la política y normas de seguridad de la UNIA.
d) Campañas de captación de estudiantes, en coordinación con el Gabinete de
Comunicación y Protocolo y el Vicerrectorado de Estudiantes y Relaciones con la
Comunidad Universitaria.
e) Promoción de convenios y elaboración de programas destinados a las materias
propias de sus competencias.
f) Participación en comisiones y grupos de trabajo de los que forme parte la UNIA, en
función de sus competencias.
Artículo 9. Secretaría General.
1. La persona titular de la Secretaría General, además de las competencias
establecidas en los artículos 36 y 37 de los Estatutos de la Universidad Internacional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270063
Artículo 7. Vicerrectorado de Internacionalización.
1. La persona titular del Vicerrectorado de Internacionalización coordina y supervisa,
bajo la dirección del Rectorado, las siguientes materias de las que es competente:
a) Programas de internacionalización, con especial énfasis en el Espacio
Iberoamericano del Conocimiento y en el Magreb.
b) Relación con las redes internacionales de universidades de las que forme parte la UNIA.
c) Programas de cooperación al desarrollo.
d) Promoción e impulso de redes internacionales de postgrado e investigación.
e) Coordinación de las acciones de apoyo a la internacionalización que el Sistema
Andaluz de Universidades pudiera encomendar a la UNIA.
f) Promoción de convenios y elaboración de programas destinados a las materias
propias de sus competencias.
g) Participación en comisiones y grupos de trabajo de los que forme parte la UNIA, en
función de sus competencias.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 206 - Miércoles, 26 de octubre de 2022
página 16795/4
b) Relación con los estudiantes y sus representantes.
c) Coordinación de la admisión a las titulaciones de la Universidad, así como de las
normas de permanencia del estudiantado.
d) Movilidad de estudiantes para los estudios en el extranjero, Erasmus y Erasmus+.
e) Funciones relativas a orientación e información de estudiantes.
f) Desarrollo de la cultura de emprendimiento de la Universidad.
g) Programas de inserción laboral de los egresados y egresadas.
h) Programa alumni con egresados y egresadas.
i) Políticas de Voluntariado Universitario
j) Políticas de accesibilidad y diversidad funcional para el estudiantado.
k) Promoción de convenios y elaboración de programas destinados a las materias
propias de su vicerrectorado.
l) Participación en comisiones y grupos de trabajo de los que forme parte la UNIA, en
función de sus competencias.
Artículo 8. Delegación del Rector para la Transformación Digital y la atracción del talento.
1. La persona titular de la Delegación del Rector para la Transformación Digital y la
Atracción de Talento, equiparada a un Vicerrectorado a los efectos de los artículos 2 y 4
del Reglamento del Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional de Andalucía
(aprobado por Consejo de Gobierno de 29 de septiembre de 2021 (BOUNIA núm 7, de 5
de octubre de 2021), coordina y supervisa, bajo la dirección del Rectorado, las siguientes
materias, de las que es competente:
a) Dirección, impulso y coordinación de los servicios informáticos, las comunicaciones,
la seguridad de la información y los servicios audiovisuales.
b) Coordinación de las tecnologías al servicio de la gestión, la investigación y la
docencia, así como de las aplicaciones corporativas.
c) Colaboración con la Secretaría General y la gerencia en la implantación e impulso
de la Administración Electrónica y en la política y normas de seguridad de la UNIA.
d) Campañas de captación de estudiantes, en coordinación con el Gabinete de
Comunicación y Protocolo y el Vicerrectorado de Estudiantes y Relaciones con la
Comunidad Universitaria.
e) Promoción de convenios y elaboración de programas destinados a las materias
propias de sus competencias.
f) Participación en comisiones y grupos de trabajo de los que forme parte la UNIA, en
función de sus competencias.
Artículo 9. Secretaría General.
1. La persona titular de la Secretaría General, además de las competencias
establecidas en los artículos 36 y 37 de los Estatutos de la Universidad Internacional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00270063
Artículo 7. Vicerrectorado de Internacionalización.
1. La persona titular del Vicerrectorado de Internacionalización coordina y supervisa,
bajo la dirección del Rectorado, las siguientes materias de las que es competente:
a) Programas de internacionalización, con especial énfasis en el Espacio
Iberoamericano del Conocimiento y en el Magreb.
b) Relación con las redes internacionales de universidades de las que forme parte la UNIA.
c) Programas de cooperación al desarrollo.
d) Promoción e impulso de redes internacionales de postgrado e investigación.
e) Coordinación de las acciones de apoyo a la internacionalización que el Sistema
Andaluz de Universidades pudiera encomendar a la UNIA.
f) Promoción de convenios y elaboración de programas destinados a las materias
propias de sus competencias.
g) Participación en comisiones y grupos de trabajo de los que forme parte la UNIA, en
función de sus competencias.