Autoridades y personal. Defensor del Pueblo Andaluz. (2022/205-33)
Resolución de 20 de octubre de 2022, del Defensor del Pueblo Andaluz, por la que se convoca una beca destinada a persona con discapacidad psíquica, del tipo discapacidad intelectual, para la formación en tareas de apoyo a funciones de personal subalterno y tareas de apoyo administrativo en la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Martes, 25 de octubre de 2022
página 16676/2
BASES
Primera. Objeto.
La beca tendrá por objeto la formación de una persona con discapacidad psíquica,
del tipo discapacidad intelectual, en tareas de apoyo a funciones propias del personal
subalterno y administrativo, como medida de formación para su integración laboral.
Segunda. Requisitos.
Podrán ser beneficiarias de esta beca las personas que acrediten reunir todos los
siguientes requisitos:
• Tener una discapacidad psíquica, con una afección incluida dentro de la discapacidad
intelectual en un grado igual o superior al 33%.
• No contar con experiencia laboral alguna, ni por cuenta propia ni por cuenta ajena,
o que dicha experiencia no exceda, en su cómputo total, de los 6 meses y, dentro de
estos, no superar los 3 meses en tareas similares.
No podrán ser beneficiarios/as de la beca:
• Quienes hayan disfrutado beca o prácticas remuneradas de alguna Administración
Pública en los últimos cuatro años por periodo superior a 6 meses o por tiempo superior
a 480 horas.
• No haberse presentado solicitud y haber sido admitida en otra convocatoria del
Defensor del Pueblo Andaluz de beca para personas con discapacidad psíquica del tipo
enfermedad mental del mismo ejercicio o la inmediatamente anterior.
• Quienes hayan realizado prácticas en el Defensor del Pueblo Andaluz o hayan sido
adjudicatarios de beca en esta Institución.
• Quienes sean menores de 18 años.
Tercera. Asignaciones.
La beca comprende las siguientes asignaciones:
a) Una asignación mensual de 500 euros, pagaderos por mes vencido.
b) Una asignación por un importe máximo de hasta 300 euros para la contratación
de un seguro que incluya como garantías el fallecimiento por accidente y la invalidez
permanente por accidente, que cubra el período de duración de la beca. Para su abono,
antes de producirse la incorporación la persona adjudicataria de la beca deberá presentar
ante el Departamento de Gestión Económica del Defensor del Pueblo Andaluz copia de
la póliza contratada y justificante del pago.
Cuarta. Duración.
La duración de la beca será de seis meses, transcurridos los cuales se entregará un
certificado acreditativo de su realización. La beca no podrá ser prorrogada.
Sexta. Desarrollo de la beca.
La persona becada realizará su programa formativo bajo la dirección de la Jefatura
del Departamento de Documentación y Biblioteca, debiendo permanecer en la Oficina del
Defensor del Pueblo Andaluz durante 5 horas al día, de lunes a viernes, entre las 8:30 y
14:30 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269934
Quinta. Naturaleza.
La adjudicación de esta beca no supone ningún tipo de vinculación laboral o
funcionarial entre el beneficiario o beneficiaria y el Defensor del Pueblo Andaluz, ni implica
compromiso alguno por parte de esta Institución que trascienda lo que estrictamente se
deriva del objeto y desarrollo de la presente convocatoria.
La presente convocatoria estará en todo caso sujeta a la correspondiente disponibilidad
presupuestaria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 205 - Martes, 25 de octubre de 2022
página 16676/2
BASES
Primera. Objeto.
La beca tendrá por objeto la formación de una persona con discapacidad psíquica,
del tipo discapacidad intelectual, en tareas de apoyo a funciones propias del personal
subalterno y administrativo, como medida de formación para su integración laboral.
Segunda. Requisitos.
Podrán ser beneficiarias de esta beca las personas que acrediten reunir todos los
siguientes requisitos:
• Tener una discapacidad psíquica, con una afección incluida dentro de la discapacidad
intelectual en un grado igual o superior al 33%.
• No contar con experiencia laboral alguna, ni por cuenta propia ni por cuenta ajena,
o que dicha experiencia no exceda, en su cómputo total, de los 6 meses y, dentro de
estos, no superar los 3 meses en tareas similares.
No podrán ser beneficiarios/as de la beca:
• Quienes hayan disfrutado beca o prácticas remuneradas de alguna Administración
Pública en los últimos cuatro años por periodo superior a 6 meses o por tiempo superior
a 480 horas.
• No haberse presentado solicitud y haber sido admitida en otra convocatoria del
Defensor del Pueblo Andaluz de beca para personas con discapacidad psíquica del tipo
enfermedad mental del mismo ejercicio o la inmediatamente anterior.
• Quienes hayan realizado prácticas en el Defensor del Pueblo Andaluz o hayan sido
adjudicatarios de beca en esta Institución.
• Quienes sean menores de 18 años.
Tercera. Asignaciones.
La beca comprende las siguientes asignaciones:
a) Una asignación mensual de 500 euros, pagaderos por mes vencido.
b) Una asignación por un importe máximo de hasta 300 euros para la contratación
de un seguro que incluya como garantías el fallecimiento por accidente y la invalidez
permanente por accidente, que cubra el período de duración de la beca. Para su abono,
antes de producirse la incorporación la persona adjudicataria de la beca deberá presentar
ante el Departamento de Gestión Económica del Defensor del Pueblo Andaluz copia de
la póliza contratada y justificante del pago.
Cuarta. Duración.
La duración de la beca será de seis meses, transcurridos los cuales se entregará un
certificado acreditativo de su realización. La beca no podrá ser prorrogada.
Sexta. Desarrollo de la beca.
La persona becada realizará su programa formativo bajo la dirección de la Jefatura
del Departamento de Documentación y Biblioteca, debiendo permanecer en la Oficina del
Defensor del Pueblo Andaluz durante 5 horas al día, de lunes a viernes, entre las 8:30 y
14:30 horas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269934
Quinta. Naturaleza.
La adjudicación de esta beca no supone ningún tipo de vinculación laboral o
funcionarial entre el beneficiario o beneficiaria y el Defensor del Pueblo Andaluz, ni implica
compromiso alguno por parte de esta Institución que trascienda lo que estrictamente se
deriva del objeto y desarrollo de la presente convocatoria.
La presente convocatoria estará en todo caso sujeta a la correspondiente disponibilidad
presupuestaria.