3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/202-28)
Resolución de 14 de octubre de 2022, de la Secretaría General para el Turismo, por la que se da cumplimiento al auto del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de lo Contencioso-Administrativo en Granada, relativo a la declaración de campo de golf de interés turístico que se cita y se deja sin efecto la Resolución de 9 de marzo de 2022, de la Secretaría General para el Turismo.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Jueves, 20 de octubre de 2022
página 16415/3
densidad de viviendas, tipología de las mismas, y distancia mínima de localización
respecto a la zona deportiva, se definen en los documentos siguientes del proyecto
Termalia Golf:
a) Los Planos de Ordenación estructural.
b) Las Normas Urbanísticas de Ordenación Estructural.
c) La ficha de parámetros urbanísticos del sector, que se incluye en la Memoria
Justificativa de la Ordenación Territorial y Urbanística.
Artículo 7. Instrumentos de desarrollo y plazos.
1. El promotor presentará ante el Ayuntamiento de Pechina el documento de
innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Pechina, antes de que
transcurran seis meses desde la publicación en el BOJA de la declaración de Interés
Turístico. También se admitirá que se inicie el trámite antes de dicha publicación, si bien la
aprobación definitiva estará supeditada a la entrada en vigor de la presente declaración.
2. El promotor presentará ante el Ayuntamiento de Pechina el documento de
planeamiento de desarrollo, y las Bases y Estatutos de la Junta de Compensación,
antes de que transcurra un año desde la publicación de la aprobación del documento de
innovación de la ordenación estructural del planeamiento general.
3. El promotor presentará ante el Ayuntamiento de Pechina el proyecto de urbanización
y el de reparcelación, antes de que transcurran 11 meses desde la publicación de la
aprobación del Plan Parcial.
4. Aprobado el proyecto de urbanización, e inscrito en el Registro de la Propiedad el
de Reparcelación, el promotor presentará los proyectos de ejecución del campo de golf
y de la casa club, antes de que transcurran diez meses del último de los acontecimientos
citados.
5. La primera etapa de las obras de urbanización estará terminada antes de que
transcurran cuatro años desde la fecha más posterior de la de aprobación del proyecto
de urbanización y de la de inscripción del proyecto de Reparcelación en el Registro de la
Propiedad.
6. La segunda etapa de las obras de urbanización estará terminada antes de que
transcurran ocho años desde la fecha más posterior de la de aprobación del proyecto
de urbanización y de la de inscripción del proyecto de reparcelación en el Registro de la
Propiedad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269684
Artículo 6. Innovaciones a realizar en el Plan General de Ordenación Ubanística de Pechina.
1. El sector Termalia Golf se incorporará al Plan General de Ordenación Urbanística
de Pechina, tramitando la pertinente innovación, a instancia del promotor del proyecto
Termalia Golf, o, de oficio, en la primera innovación del Plan General que tramite el
Ayuntamiento de Pechina. En todo caso, dicha innovación deberá estar aprobada
inicialmente antes de que transcurran diez meses desde la publicación de la presente
declaración, y definitivamente antes de que transcurran dieciocho meses desde dicha
publicación.
2. El sector se considerará en si mismo un área de reparto independiente.
3. Se incorporarán al Plan General de Ordenación Urbanística de Pechina los
documentos de ordenación estructural del proyecto Termalia Golf relacionados en el
artículo anterior. El promotor del proyecto podrá incorporar también los documentos de
ordenación pormenorizada básica contenidos en el mismo, incluso con un mayor grado
de detalle, de acuerdo con la legislación urbanística.
4. Por tratarse de un proyecto que ha obtenido la Autorización Ambiental Unificada,
los instrumentos de innovación del planeamiento general del municipio de Pechina y los
del planeamiento de desarrollo del proyecto de Campo de Interés Turístico de Andalucía
«Termalia Golf Pechina» no tendrán que someterse a trámite de prevención y control
ambiental.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 202 - Jueves, 20 de octubre de 2022
página 16415/3
densidad de viviendas, tipología de las mismas, y distancia mínima de localización
respecto a la zona deportiva, se definen en los documentos siguientes del proyecto
Termalia Golf:
a) Los Planos de Ordenación estructural.
b) Las Normas Urbanísticas de Ordenación Estructural.
c) La ficha de parámetros urbanísticos del sector, que se incluye en la Memoria
Justificativa de la Ordenación Territorial y Urbanística.
Artículo 7. Instrumentos de desarrollo y plazos.
1. El promotor presentará ante el Ayuntamiento de Pechina el documento de
innovación del Plan General de Ordenación Urbanística de Pechina, antes de que
transcurran seis meses desde la publicación en el BOJA de la declaración de Interés
Turístico. También se admitirá que se inicie el trámite antes de dicha publicación, si bien la
aprobación definitiva estará supeditada a la entrada en vigor de la presente declaración.
2. El promotor presentará ante el Ayuntamiento de Pechina el documento de
planeamiento de desarrollo, y las Bases y Estatutos de la Junta de Compensación,
antes de que transcurra un año desde la publicación de la aprobación del documento de
innovación de la ordenación estructural del planeamiento general.
3. El promotor presentará ante el Ayuntamiento de Pechina el proyecto de urbanización
y el de reparcelación, antes de que transcurran 11 meses desde la publicación de la
aprobación del Plan Parcial.
4. Aprobado el proyecto de urbanización, e inscrito en el Registro de la Propiedad el
de Reparcelación, el promotor presentará los proyectos de ejecución del campo de golf
y de la casa club, antes de que transcurran diez meses del último de los acontecimientos
citados.
5. La primera etapa de las obras de urbanización estará terminada antes de que
transcurran cuatro años desde la fecha más posterior de la de aprobación del proyecto
de urbanización y de la de inscripción del proyecto de Reparcelación en el Registro de la
Propiedad.
6. La segunda etapa de las obras de urbanización estará terminada antes de que
transcurran ocho años desde la fecha más posterior de la de aprobación del proyecto
de urbanización y de la de inscripción del proyecto de reparcelación en el Registro de la
Propiedad.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269684
Artículo 6. Innovaciones a realizar en el Plan General de Ordenación Ubanística de Pechina.
1. El sector Termalia Golf se incorporará al Plan General de Ordenación Urbanística
de Pechina, tramitando la pertinente innovación, a instancia del promotor del proyecto
Termalia Golf, o, de oficio, en la primera innovación del Plan General que tramite el
Ayuntamiento de Pechina. En todo caso, dicha innovación deberá estar aprobada
inicialmente antes de que transcurran diez meses desde la publicación de la presente
declaración, y definitivamente antes de que transcurran dieciocho meses desde dicha
publicación.
2. El sector se considerará en si mismo un área de reparto independiente.
3. Se incorporarán al Plan General de Ordenación Urbanística de Pechina los
documentos de ordenación estructural del proyecto Termalia Golf relacionados en el
artículo anterior. El promotor del proyecto podrá incorporar también los documentos de
ordenación pormenorizada básica contenidos en el mismo, incluso con un mayor grado
de detalle, de acuerdo con la legislación urbanística.
4. Por tratarse de un proyecto que ha obtenido la Autorización Ambiental Unificada,
los instrumentos de innovación del planeamiento general del municipio de Pechina y los
del planeamiento de desarrollo del proyecto de Campo de Interés Turístico de Andalucía
«Termalia Golf Pechina» no tendrán que someterse a trámite de prevención y control
ambiental.