3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-41)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada). 2019.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16012/16
realiza un informe que recoja la fiscalización plena posterior de los gastos, por lo que, se incumple
los art. 219.3 TRLRHL y 13.4 del RD 424/2017. (§ A15)
41.
El Ayuntamiento no ha realizado en el ejercicio fiscalizado las actuaciones de control financiero
establecidas en los artículos 220 del TRLRHL y 29 del RD 424/2017. En consecuencia, la Entidad
Local no ha comprobado si la gestión económica-financiera realizada ha cumplido con los
principios de economía, eficacia y eficiencia.
42.
No se ha elaborado el Plan Anual de Control Financiero dispuesto en el art.31 del Real Decreto
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Público Local. Lógicamente, tampoco se ha emitido el informe resumen
sobre los resultados alcanzados en el control interno y su correspondiente Plan de Acción, que
se encuentran establecidos en los art 37 y 38 del citado texto legal.
43.
La Entidad Local no tiene aprobada una normativa que regule la política de seguridad que se ha
de aplicar en la utilización de medios electrónicos según lo dispuesto en el artículo 1 del Real
Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el
ámbito de la Administración Electrónica. Con fecha 10 de noviembre de 2021 la Junta de
Gobierno Local aprueba la política de seguridad del Ayuntamiento de Almuñécar.
Personal
A) Con respecto a la estructura organizativa, planificación y ordenación del personal
44.
La Corporación Municipal no tiene actualizada la Relación de Puestos de Trabajo (RPT). La RPT
en vigor fue aprobada por acuerdo plenario con fecha 28 de enero de 2002.Por tanto, no se
ajusta a las necesidades reales de la Corporación en materia de recursos humanos, tal y como
establece el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Además,
no se han venido reflejando los cambios producidos en la configuración de los puestos de trabajo
con posterioridad al momento de su aprobación.
45.
Se constata una falta de coincidencia entre el número de plazas contenidas en la plantilla
aprobada en el ejercicio inmediato anterior y el número de efectivos reales, tal y como se
muestra en el cuadro nº 4.
Plantilla personal 2018 y Relación efectivos a 31/12/2019
Plantilla
Efectivos reales
Tipo personal
Presupuesto 2018
31/12/2019
Personal laboral
106
82
94
Personal temporal
-
1768
Personal eventual
7
8
211
384
Total
Fuente: Elaboración propia
8
122
Cuadro nº4
Se incluye el personal temporal que no tienen que formar parte de la plantilla presupuestaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269265
Funcionarios
BOJA
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16012/16
realiza un informe que recoja la fiscalización plena posterior de los gastos, por lo que, se incumple
los art. 219.3 TRLRHL y 13.4 del RD 424/2017. (§ A15)
41.
El Ayuntamiento no ha realizado en el ejercicio fiscalizado las actuaciones de control financiero
establecidas en los artículos 220 del TRLRHL y 29 del RD 424/2017. En consecuencia, la Entidad
Local no ha comprobado si la gestión económica-financiera realizada ha cumplido con los
principios de economía, eficacia y eficiencia.
42.
No se ha elaborado el Plan Anual de Control Financiero dispuesto en el art.31 del Real Decreto
424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las
entidades del Sector Público Local. Lógicamente, tampoco se ha emitido el informe resumen
sobre los resultados alcanzados en el control interno y su correspondiente Plan de Acción, que
se encuentran establecidos en los art 37 y 38 del citado texto legal.
43.
La Entidad Local no tiene aprobada una normativa que regule la política de seguridad que se ha
de aplicar en la utilización de medios electrónicos según lo dispuesto en el artículo 1 del Real
Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el
ámbito de la Administración Electrónica. Con fecha 10 de noviembre de 2021 la Junta de
Gobierno Local aprueba la política de seguridad del Ayuntamiento de Almuñécar.
Personal
A) Con respecto a la estructura organizativa, planificación y ordenación del personal
44.
La Corporación Municipal no tiene actualizada la Relación de Puestos de Trabajo (RPT). La RPT
en vigor fue aprobada por acuerdo plenario con fecha 28 de enero de 2002.Por tanto, no se
ajusta a las necesidades reales de la Corporación en materia de recursos humanos, tal y como
establece el artículo 74 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP). Además,
no se han venido reflejando los cambios producidos en la configuración de los puestos de trabajo
con posterioridad al momento de su aprobación.
45.
Se constata una falta de coincidencia entre el número de plazas contenidas en la plantilla
aprobada en el ejercicio inmediato anterior y el número de efectivos reales, tal y como se
muestra en el cuadro nº 4.
Plantilla personal 2018 y Relación efectivos a 31/12/2019
Plantilla
Efectivos reales
Tipo personal
Presupuesto 2018
31/12/2019
Personal laboral
106
82
94
Personal temporal
-
1768
Personal eventual
7
8
211
384
Total
Fuente: Elaboración propia
8
122
Cuadro nº4
Se incluye el personal temporal que no tienen que formar parte de la plantilla presupuestaria.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269265
Funcionarios