3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-40)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización operativa de determinadas políticas en materia de violencia de género.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022

página 16010/45

carácter económico, en su apartado b) iv) establece que corresponde a la persona contratista la
satisfacción de las necesidades básicas de alojamiento, alimentación y aseo e higiene personal,
excepto para las personas usuarias que se encuentren acogidas en Pisos tutelados, las cuales
asumirán su coste. No obstante, la persona contratista costeará la realización de una compra de
productos básicos de alimentación, aseo e higiene personal y limpieza, de forma previa a la entrada de la mujer en el Piso tutelado47.

11. RECOMENDACIONES
159

La Cámara de Cuentas de Andalucía recomienda la adopción de las medidas expuestas en este
epígrafe, orientadas a la mejora de la gestión de los fondos públicos. La implantación de estas
recomendaciones podrá ser objeto de alcance en futuros informes de fiscalización que tengan
como objetivo el seguimiento específico de este informe, las recomendaciones o cualquier otro
asunto relacionado con el mismo. En observancia de la “Guía práctica para la elaboración de
recomendaciones”, elaborada por la Cámara de Cuentas de Andalucía, se ha consignado una
prioridad alta o media a cada recomendación, teniendo en cuenta si se trata de una deficiencia
significativa. Al final de cada recomendación se concreta la prioridad asignada.
En base a los hallazgos confirmados en este Informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de
Andalucía se exponen recomendaciones específicas por entidad y recomendaciones comunes a
varias entidades.

11.1. Recomendaciones a la Consejería de Turismo, Regeneración, Justicia y
Administración Local
160

Realizar una mayor derivación de víctimas desde el Servicio de Asistencia a Víctimas en Andalucía
(SAVA) al Instituto Andaluz de la Mujer (IAM), debido a que dispone de servicios necesarios y
complementarios para las víctimas de violencia de género48. La colaboración entre SAVA y el IAM
resulta estratégica y necesaria, siendo de gran utilidad para la recuperación de las víctimas de
violencia de Género. (§53) (alta)

161

Incluir un mayor número de indicadores en las fichas presupuestarias de cumplimiento de objetivos sobre: la asistencia a las mujeres víctimas de violencia de género atendidas en los centros
SAVA con desglose del número de mujeres atendidas por cada uno de los 9 centros SAVA en
Andalucía, sobre los menores a cargo de mujeres víctimas de violencia de género atendidos por
el Servicio Puntos de Encuentro Familiar (PEF) en Andalucía y también indicadores sobre el Turno
de Violencia de género. Su inclusión permitirá comparar la evolución de estas atenciones con la
finalidad de medir y mejorar las políticas en materia de violencia de género. (§40) (media)

Punto modificado por la alegación presentada.
Los Servicios que ofrece el IAM para las víctimas de violencia de género son, entre otros, los siguientes: el Servicio Integral de Atención
y Acogida de las víctimas de violencia de género, el Servicio de asistencia psicológica grupal a las víctimas de violencia de género en los
Centros Provinciales del IAM, el Servicio de atención psicológica grupal con mujeres en situaciones de ruptura y dependencia emocional,
el Servicio para la Autonomía y el Empoderamiento en Centros Provinciales y Centros Municipales de Información a la Mujer o el Programa de atención psicológica a hijas e hijos de mujeres víctimas de violencia de género.
47

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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