3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-40)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización operativa de determinadas políticas en materia de violencia de género.
132 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022

página 16010/36

124

Los incrementos de las estancias medias del centro de emergencias y la casa de acogida de Málaga se explican por la ausencia de pisos tutelados para víctimas de violencia de género en dicha
provincia, siendo la estancia media en casa de acogida de 207 días en 2019 y 226 días en 2020,
las más prolongadas de toda Andalucía. La inexistencia de pisos tutelados en Málaga requiere su
provisión urgente mediante el acuerdo entre el Instituto Andaluz de la Mujer y la Consejería de
Fomento. (§118).

125

Se han detectado incidencias del sistema informático de SIAM, denominadas “cautivas virtuales”,
que son registros informáticos de mujeres que constan en el sistema como todavía acogidas,
pero ya terminaron su estancia en los Centros de Emergencias, Casas de Acogida y Pisos Tutelados. Se genera un doble registro de entrada de un mismo expediente (dos altas con la misma
fecha), al que posteriormente desde el servicio integral no se le puede asignar fecha de salida a
una de ellas. (§A.72).

126

En cuanto a los motivos de salida de los Centros de emergencia en el año 2018, de las 944 mujeres que salieron de estos recursos: el 54,73% de las mujeres salieron por voluntad propia, el
42,15% fueron trasladadas a otro centro y el 3,12% salieron por grave incumplimiento del reglamento interno35. Los menores a cargo de las víctimas salen también de los recursos, pero el análisis se realiza de las mujeres, que son quienes toman la decisión. El motivo “salida por voluntad
propia” resulta amplio e impreciso, convendría tipificar mejor la causalidad de este motivo en los
registros del sistema informático. Este análisis se ha realizado también para los ejercicios 2019 y
2020 en Centros de emergencia (§A.73) y para 2018, 2019 y 2020 en Casas de acogida (§§A.74,
A.75) y Pisos Tutelados (§A.76). Se expone también el impacto de la COVID-19 en las estancias en
apéndices. (§A.77).

127

Cuando se produce la salida de los centros de emergencia, casas de acogida o pisos tutelados sin
que se produzca el traslado a otro tipo de centros por problemáticas añadidas, las víctimas de
violencia de género se enfrentan a muchas dificultades derivadas de la falta de viviendas de protección oficial suficientes u otras soluciones habitacionales públicas. Se ha realizado un análisis
de las opciones de salida que se contiene en el epígrafe de Conclusiones sobre la Recuperación
Integral de las víctimas de violencia de género. (§142).

128

El Servicio integral de atención y acogida de víctimas de violencia de género del Instituto Andaluz
de la Mujer, que dispone de 3 tipos de centros de acogida: centros de emergencia, casas de acogida y pisos tutelados, contribuyó de forma eficaz a la consecución de los objetivos en el período
2016 a 2019. (§§103 a 127).

35 Las faltas muy graves se regulan en el artículo 39 de la Orden de 6 de julio de 2009, por la que se aprueba el reglamento de régimen
interno de los centros que componen el servicio integral de atención y acogida a mujeres víctimas de violencia de género y menores a
su cargo que las acompañen en la Comunidad Autónoma de Andalucía. Entre éstas, se encuentra: “la comunicación de la ubicación del
Centro a personas ajenas al mismo” (agresor o a terceras personas), que pone en riesgo la seguridad de las demás víctimas acogidas.
Cuando las víctimas ingresan en el servicio integral firman un contrato en el que se comprometen al cumplimiento del Reglamento
interno. El art. 42 c) de dicha Orden, regula la sanción por infracciones muy graves, consistente en: “la pérdida definitiva e inmediata de
la condición de persona usuaria del centro (con la comunicación previa a las autoridades competentes), con inhabilitación para pertenecer a cualquier otro centro con plazas de la red de atención específica”.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269256

provincia tenía 1 piso tutelado, salvo Sevilla con 4 pisos, Córdoba con 3, Cádiz y Granada con 2
pisos y Málaga que no cuenta con ningún piso tutelado. (§118).