3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-40)
Resolución de 15 de septiembre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de Fiscalización operativa de determinadas políticas en materia de violencia de género.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16010/15
los ámbitos generales, jurídicos, sociales y psicológicos. Si bien, cuenta con limitados recursos
disponibles. (§§47, 66).
50
No obstante, durante la fiscalización de los expedientes se han detectado ciertos aspectos en la
gestión a mejorar. A este respecto, se produce una falta de homogeneización en el historial de
la víctima, en la recopilación de la información del servicio prestado en el sistema informático
SISAVA en el 32,89% de los expedientes (75 expedientes). En éstos no consta ninguna información en el apartado Historiales como en el resto de expedientes, mientras que dicha información
se refleja en las Observaciones del apartado Actuaciones. (§A.44, Anexo IV).
51
En un 15,35% de los expedientes de la muestra, esto es, 35 expedientes, en el registro de atenciones a las víctimas no se proporciona ninguna de las siguientes tres actuaciones del ámbito
general: entrevista de acogida/seguimiento, información sobre justicia gratuita y la información
de los derechos de la víctima. Esta deficiencia se concentra en el SAVA de Campo de Gibraltar,
que representa el 85,71% de los expedientes con esta deficiencia (30 expedientes), el 11,43% en
el SAVA de Almería (4) y el 2,86% en el SAVA de Córdoba (1). (Anexo IV).
52
En el 3,51% de los expedientes analizados la fecha de las actuaciones es anterior a la fecha de
apertura del expediente en el listado de expedientes proporcionado por la Consejería de Justicia,
pertenecientes al SAVA de Córdoba, Campo de Gibraltar y Almería, lo que refleja una deficiencia
en el procedimiento de registro o de actuación. (§A.46).
53
Sólo en el 22,37% de los expedientes fiscalizados se deriva a las víctimas de violencia de género
atendidas en SAVA al Instituto Andaluz de la Mujer, mientras que en el 77,63% de los expedientes
fiscalizados no se les deriva de SAVA al IAM. Dado que el IAM dispone de servicios diferentes,
complementarios y necesarios para las víctimas de violencia de género, una vez atendidas por
SAVA, una mayor derivación desde SAVA al IAM7 y su colaboración mutua resultaría estratégica,
siendo de utilidad para la recuperación integral de las víctimas de violencia de Género. (§A.47,
Anexo IV).
54
En la Memoria general 2018 remitida por SAVA se recoge como dificultad de gestión una falta de
coordinación multilateral en 2018 en el servicio que se prestaba a las víctimas, incluidas las víctimas de violencia de género, violencia doméstica y otros tipos de violencia. La coordinación bilateral que está desarrollando SAVA con Fiscalía en materia de violencia de género no cuenta con
pautas concretas que unifiquen la misma a nivel regional. (§A.48).
55
Los centros SAVA en las Memorias de 2018 ponían de manifiesto la falta de materiales como
documentos informativos y folletos sobre el servicio SAVA que entregar a las víctimas que acudían a las oficinas. (§A.49).
Los servicios del Instituto Andaluz de la Mujer dirigido a las víctimas de violencia de género son principalmente el Servicio Integral de
Atención y Acogida de las víctimas de violencia de género, el Servicio de asistencia psicológica grupal a las víctimas de violencia de género
en los Centros Provinciales del IAM, el Servicio de atención psicológica grupal con mujeres en situaciones de ruptura y dependencia
emocional, el Servicio para la Autonomía y el Empoderamiento en Centros Provinciales y Centros Municipales de Información a la Mujer
o el Programa de atención psicológica a hijas e hijos de mujeres víctimas de violencia de género.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269256
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16010/15
los ámbitos generales, jurídicos, sociales y psicológicos. Si bien, cuenta con limitados recursos
disponibles. (§§47, 66).
50
No obstante, durante la fiscalización de los expedientes se han detectado ciertos aspectos en la
gestión a mejorar. A este respecto, se produce una falta de homogeneización en el historial de
la víctima, en la recopilación de la información del servicio prestado en el sistema informático
SISAVA en el 32,89% de los expedientes (75 expedientes). En éstos no consta ninguna información en el apartado Historiales como en el resto de expedientes, mientras que dicha información
se refleja en las Observaciones del apartado Actuaciones. (§A.44, Anexo IV).
51
En un 15,35% de los expedientes de la muestra, esto es, 35 expedientes, en el registro de atenciones a las víctimas no se proporciona ninguna de las siguientes tres actuaciones del ámbito
general: entrevista de acogida/seguimiento, información sobre justicia gratuita y la información
de los derechos de la víctima. Esta deficiencia se concentra en el SAVA de Campo de Gibraltar,
que representa el 85,71% de los expedientes con esta deficiencia (30 expedientes), el 11,43% en
el SAVA de Almería (4) y el 2,86% en el SAVA de Córdoba (1). (Anexo IV).
52
En el 3,51% de los expedientes analizados la fecha de las actuaciones es anterior a la fecha de
apertura del expediente en el listado de expedientes proporcionado por la Consejería de Justicia,
pertenecientes al SAVA de Córdoba, Campo de Gibraltar y Almería, lo que refleja una deficiencia
en el procedimiento de registro o de actuación. (§A.46).
53
Sólo en el 22,37% de los expedientes fiscalizados se deriva a las víctimas de violencia de género
atendidas en SAVA al Instituto Andaluz de la Mujer, mientras que en el 77,63% de los expedientes
fiscalizados no se les deriva de SAVA al IAM. Dado que el IAM dispone de servicios diferentes,
complementarios y necesarios para las víctimas de violencia de género, una vez atendidas por
SAVA, una mayor derivación desde SAVA al IAM7 y su colaboración mutua resultaría estratégica,
siendo de utilidad para la recuperación integral de las víctimas de violencia de Género. (§A.47,
Anexo IV).
54
En la Memoria general 2018 remitida por SAVA se recoge como dificultad de gestión una falta de
coordinación multilateral en 2018 en el servicio que se prestaba a las víctimas, incluidas las víctimas de violencia de género, violencia doméstica y otros tipos de violencia. La coordinación bilateral que está desarrollando SAVA con Fiscalía en materia de violencia de género no cuenta con
pautas concretas que unifiquen la misma a nivel regional. (§A.48).
55
Los centros SAVA en las Memorias de 2018 ponían de manifiesto la falta de materiales como
documentos informativos y folletos sobre el servicio SAVA que entregar a las víctimas que acudían a las oficinas. (§A.49).
Los servicios del Instituto Andaluz de la Mujer dirigido a las víctimas de violencia de género son principalmente el Servicio Integral de
Atención y Acogida de las víctimas de violencia de género, el Servicio de asistencia psicológica grupal a las víctimas de violencia de género
en los Centros Provinciales del IAM, el Servicio de atención psicológica grupal con mujeres en situaciones de ruptura y dependencia
emocional, el Servicio para la Autonomía y el Empoderamiento en Centros Provinciales y Centros Municipales de Información a la Mujer
o el Programa de atención psicológica a hijas e hijos de mujeres víctimas de violencia de género.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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