Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/195-17)
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se regula la organización de la fase de prácticas del personal seleccionado en el procedimiento selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Maestros, convocado por Orden de 23 de febrero de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022
página 15755/3
d) Velar por el correcto nombramiento de los miembros de las comisiones de
evaluación de centros.
e) Comprobar la realización de los cursos de formación.
f) Solicitar, en su caso, de manera justificada, la revisión de los informes realizados
por las comisiones de evaluación de centros que carezcan de la motivación y requisitos
formales establecidos al respecto por las Instrucciones de la Viceconsejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional para el desarrollo, la dirección y la coordinación del
Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía.
g) Elevar, en su caso, los informes ante reclamaciones o recursos.
h) Elaborar un informe final sobre la valoración del proceso y sus resultados.
i) Elevar a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos las
actas de evaluación correspondientes a cada provincia.
Cuarto. Nombramiento de las comisiones de la fase de prácticas.
Los miembros de las comisiones provinciales de coordinación de la fase de prácticas
serán nombrados por la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión
de Recursos Humanos a propuesta de las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales con competencia en materia de educación y los miembros de las comisiones
de evaluación de centros por las personas titulares de las citadas Delegaciones
Territoriales, a propuesta de la correspondiente comisión provincial.
Para la composición de dichas comisiones se deberá tender a la paridad entre
hombres y mujeres, salvo que razones fundadas y objetivas lo impidan.
Sexto. Desarrollo de la fase de prácticas.
El personal funcionario en prácticas tendrá como tutor o tutora de las prácticas a
un funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros de la especialidad
correspondiente, que colaborará en la elaboración del proyecto de trabajo y en todas
aquellas tareas que haya de realizar durante el período de prácticas. Dicha colaboración
podrá incorporar la observación por parte del funcionario o funcionaria en prácticas y por
parte del tutor de sus respectivas prácticas docentes en el aula.
De no existir en el centro personal del Cuerpo de Maestros de la misma especialidad
de la persona en prácticas, podrá ejercer la tutoría la persona titular de la Jefatura de
Estudios o de la Coordinación del Ciclo en la que desarrolle sus funciones o la mayor
parte de las mismas.
Durante el mes de noviembre de 2022, el personal nombrado funcionario en prácticas
para el curso 2022/2023 mantendrá una reunión de trabajo con las comisiones de
evaluación de centros a la que podrán asistir, en el caso de que se estimase necesario,
miembros de la red asesora de formación para tratar todos aquellos aspectos relacionados
con el desarrollo de la fase de prácticas.
El citado personal deberá realizar durante el período de prácticas las siguientes actuaciones:
6.1. Un proyecto de trabajo de elaboración personal e individual, que deberá estar
en coherencia con la práctica docente en el aula, y enmarcado en la labor del equipo
docente. El citado proyecto incluirá las siguientes cuestiones:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269024
Quinto. Constitución de las comisiones de la fase de prácticas.
Una vez efectuado el nombramiento de los miembros de las comisiones de evaluación
de centros y de las comisiones provinciales de coordinación de la fase de prácticas, quienes
ostenten la presidencia de las mismas, convocarán una primera sesión para constituirse
antes del 10 de noviembre de 2022. Quedarán válidamente constituidas si asiste, al menos,
la mitad más uno de sus miembros, siendo uno de ellos la persona que ocupe la presidencia.
En dicha sesión se estudiará la presente Resolución, la normativa que la sustenta
y se establecerá el calendario y el plan de actuación, levantando acta de la misma,
que firmarán las personas asistentes, para su archivo en el correspondiente Servicio
Provincial de la Inspección de Educación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022
página 15755/3
d) Velar por el correcto nombramiento de los miembros de las comisiones de
evaluación de centros.
e) Comprobar la realización de los cursos de formación.
f) Solicitar, en su caso, de manera justificada, la revisión de los informes realizados
por las comisiones de evaluación de centros que carezcan de la motivación y requisitos
formales establecidos al respecto por las Instrucciones de la Viceconsejería de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional para el desarrollo, la dirección y la coordinación del
Plan General de Actuación de la Inspección Educativa de Andalucía.
g) Elevar, en su caso, los informes ante reclamaciones o recursos.
h) Elaborar un informe final sobre la valoración del proceso y sus resultados.
i) Elevar a la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos las
actas de evaluación correspondientes a cada provincia.
Cuarto. Nombramiento de las comisiones de la fase de prácticas.
Los miembros de las comisiones provinciales de coordinación de la fase de prácticas
serán nombrados por la persona titular de la Dirección General del Profesorado y Gestión
de Recursos Humanos a propuesta de las personas titulares de las Delegaciones
Territoriales con competencia en materia de educación y los miembros de las comisiones
de evaluación de centros por las personas titulares de las citadas Delegaciones
Territoriales, a propuesta de la correspondiente comisión provincial.
Para la composición de dichas comisiones se deberá tender a la paridad entre
hombres y mujeres, salvo que razones fundadas y objetivas lo impidan.
Sexto. Desarrollo de la fase de prácticas.
El personal funcionario en prácticas tendrá como tutor o tutora de las prácticas a
un funcionario o funcionaria de carrera del Cuerpo de Maestros de la especialidad
correspondiente, que colaborará en la elaboración del proyecto de trabajo y en todas
aquellas tareas que haya de realizar durante el período de prácticas. Dicha colaboración
podrá incorporar la observación por parte del funcionario o funcionaria en prácticas y por
parte del tutor de sus respectivas prácticas docentes en el aula.
De no existir en el centro personal del Cuerpo de Maestros de la misma especialidad
de la persona en prácticas, podrá ejercer la tutoría la persona titular de la Jefatura de
Estudios o de la Coordinación del Ciclo en la que desarrolle sus funciones o la mayor
parte de las mismas.
Durante el mes de noviembre de 2022, el personal nombrado funcionario en prácticas
para el curso 2022/2023 mantendrá una reunión de trabajo con las comisiones de
evaluación de centros a la que podrán asistir, en el caso de que se estimase necesario,
miembros de la red asesora de formación para tratar todos aquellos aspectos relacionados
con el desarrollo de la fase de prácticas.
El citado personal deberá realizar durante el período de prácticas las siguientes actuaciones:
6.1. Un proyecto de trabajo de elaboración personal e individual, que deberá estar
en coherencia con la práctica docente en el aula, y enmarcado en la labor del equipo
docente. El citado proyecto incluirá las siguientes cuestiones:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269024
Quinto. Constitución de las comisiones de la fase de prácticas.
Una vez efectuado el nombramiento de los miembros de las comisiones de evaluación
de centros y de las comisiones provinciales de coordinación de la fase de prácticas, quienes
ostenten la presidencia de las mismas, convocarán una primera sesión para constituirse
antes del 10 de noviembre de 2022. Quedarán válidamente constituidas si asiste, al menos,
la mitad más uno de sus miembros, siendo uno de ellos la persona que ocupe la presidencia.
En dicha sesión se estudiará la presente Resolución, la normativa que la sustenta
y se establecerá el calendario y el plan de actuación, levantando acta de la misma,
que firmarán las personas asistentes, para su archivo en el correspondiente Servicio
Provincial de la Inspección de Educación.