Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/194-4)
Orden de 3 de octubre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas al Alquiler a los Jóvenes: Bono Alquiler Joven en Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022

página 15585/11

Decimosegunda. Documentación que acompaña a la solicitud.
1. La persona solicitante deberá presentar junto al formulario de solicitud, Anexo I, la
siguiente documentación:
a) Contrato de arrendamiento de vivienda en los términos de la Ley 29/1994, de 24 de
noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y adendas en su caso, o contrato de cesión o de
habitación.
Cuando la persona solicitante no sea titular de un contrato de arrendamiento en el
momento de la presentación de la solicitud, presentará documento de compromiso de
suscripción de contrato, conforme a lo señalado en la base tercera.1.c).
b) En caso de comparecer mediante representante, documento que acredite la
representación.
c) En los casos de arrendamiento parcial de la vivienda, si no constara en el contrato
de arrendamiento la cuota de participación en el disfrute de la misma y la parte de la
renta arrendaticia a la que tiene que hacer frente cada uno de los inquilinos, se aportará
declaración responsable suscrita por todos los arrendatarios de la vivienda, según
modelo recogido en el apartado 1 del Anexo I-BIS, relativa a la cuota de participación
en el disfrute de la persona beneficiaria y la parte de la renta arrendaticia a la que el
solicitante tiene que hacer frente.
d) En caso de miembros de la familia del solicitante o de unidad de convivencia que
residan en la misma vivienda, certificado de empadronamiento colectivo a fecha de inicio
del periodo subvencionable.
e) Cuando la persona titular del contrato no coincida con la solicitante de la ayuda
deberá aportar documentación acreditativa de la atribución del derecho de uso, por
subrogación, convenio o sentencia de separación o divorcio, u otros títulos válidos en
derecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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exigidas y a no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones contempladas en estas
bases reguladoras.
f) Información relativa a otras subvenciones, ayudas, ingresos, o recursos solicitados,
para la misma finalidad, por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o
privados, nacionales o internacionales, con indicación de la entidad concedente, fecha y,
en su caso, importe, declaradas por la persona solicitante.
g) Identificación de la vivienda.
h) Renta de alquiler o cesión de la vivienda o habitación, y en su caso cuota parcial de
participación en el disfrute de la vivienda de cada uno de los inquilinos y el importe de la
renta a la que tienen que hacer frente, cumplimentando los correspondientes apartados
del Anexo I y del Anexo I-BIS , en su caso.
i) Ayuda solicitada y periodo subvencionable.
j) En su caso, que no dispone de contrato de arrendamiento en vigor en el momento
de presentación de la solicitud.
4. La presentación de la solicitud autoriza al órgano instructor a recabar las
certificaciones o la remisión de datos fiscales, laborales y tributarios de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social,
datos identificativos de la vivienda y de la titularidad de otras viviendas de la Dirección
General del Catastro, así como los datos de identidad y residencia legal del Ministerio de
Hacienda y Función Pública de la persona solicitante. Además, habilitará la posibilidad de
consultar los datos que obran en la propia Administración de la Junta de Andalucía, que
estas bases reguladoras requieran aportar, como es el caso de existir alguna persona
con discapacidad en la unidad de convivencia, y de estar al corriente de sus obligaciones
tributarias. No obstante la persona solicitante, o en su caso, las personas miembros de
la familia del solicitante o de su unidad de convivencia podrán oponerse, o no prestar
su consentimiento a dichas consulta y presentar la documentación acreditativa que
corresponda.