Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/191-33)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se convoca proceso selectivo para la cobertura de vacantes correspondientes al Grupo II del personal laboral incluido en el Convenio Colectivo de la Administración de la Junta de Andalucía, mediante concurso de promoción.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022

página 15386/3

e) Haber abonado la correspondiente tasa de inscripción en la convocatoria, o acreditar
que corresponde la exención de su pago de acuerdo con lo establecido en la base sexta.
f) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales de la
categoría a la que se aspira.
En el caso de participar por el turno libre, la acreditación de la capacidad funcional por
parte de quienes se encuentren en situación de servicio activo se realizará mediante la
aportación de declaración responsable de que se posee la capacidad funcional necesaria
para el desempeño de las tareas propias o habituales de la categoría profesional a que
se aspira, de conformidad con el Anexo V.
En el caso de personas aspirantes con discapacidad deberán aportar junto con la
solicitud de participación, certificado expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía
competente en la materia, o en su caso, por el Instituto Nacional de la Seguridad Social,
en el que conste su capacidad para el desempeño de las funciones correspondientes a la
categoría a que se aspira.
g) No encontrarse en ninguna de las modalidades de excedencia reguladas en el
Capítulo X del vigente Convenio Colectivo del personal laboral de la Administración de
la Junta de Andalucía. Sí podrán participar quienes se encuentren en la situación de
excedencia por cuidado de familiares regulada en el artículo 34 del vigente Convenio
Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía.
2. Todos los requisitos exigidos en el apartado anterior deberán poseerse al día de
la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la fecha de
formalización del contrato. Las condiciones y demás requisitos que se mencionan en el
punto anterior que se encuentren inscritos en el Registro General de Personal de la Junta
de Andalucía estarán exentos de justificación documental.

Cuarta. Sistema selectivo.
1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3 del artículo 17 del Convenio
Colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía, el concurso
de promoción tendrá dos fases para el acceso a la categoría profesional convocada
consistiendo la primera en el concurso de méritos y la segunda en la superación de un
curso de habilitación para la categoría a la que se concursa, impartido por el Instituto
Andaluz de Administración Pública. Dicho curso en ningún caso tendrá un carácter
independiente o autónomo del presente proceso selectivo sino que constituye una
fase del mismo, sin que pueda atribuirse a su superación equivalencia con titulación
académica alguna.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Tercera. Participación por el cupo de plazas reservadas a personas con discapacidad.
Para participar en el cupo de plazas reservadas a personas con una discapacidad
igual o superior al 33%, será necesario:
1. Indicarlo expresamente en el apartado correspondiente de la solicitud, señalando
al efecto si participa por el cupo de reserva a personas con discapacidad general. Si no
se hace constar este dato se entenderá que se opta por el turno libre.
2. Tener oficialmente reconocida dicha discapacidad con efectos anteriores a la
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
3. Adjuntar a la solicitud documentación acreditativa de su condición de persona
con discapacidad emitida por órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras
Administraciones Públicas.
En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con una
discapacidad igual o superior al 33% corresponda al órgano competente de la Junta de
Andalucía, la concurrencia de este requisito será comprobada de oficio por la Dirección
General de Recursos Humanos y Función Pública mediante consulta telemática en la
fase de admisión de solicitudes, salvo oposición expresa de la persona interesada en la
correspondiente solicitud de participación.