Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/191-1)
Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se convocan ayudas para inversiones en modernización y transformación integral de invernaderos de hortalizas, flor cortada y planta ornamental para 2023, previstas en el Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre de 2021, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la agricultura y la ganadería (III) en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022

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cual se acredite el objeto social de la misma, el acuerdo del órgano competente de la
sociedad respecto de la solicitud presentada.
- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada: consentimiento escrito
para la presentación de la solicitud de los titulares de las explotaciones agrícolas o
ganaderas que se vayan a beneficiar del proyecto de inversión.
- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad propia: acuerdo
interno de funcionamiento de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del
Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
b) En relación con el proyecto de inversión:
- En caso de ejecución de obras e instalaciones: se presentará proyecto básico
que incluya el presupuesto de ejecución suscrito por un técnico competente, donde se
recoja toda la información necesaria para evaluar si la inversión solicitada cumple con los
requisitos establecidos en las bases reguladoras.
- En el caso adquisición de bienes y equipos tres ofertas proforma para cada uno de
ellos: las ofertas deben estar fechadas y selladas por la empresa proveedora y ser de
fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda.
- Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas
para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de
conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos
Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo Anexo IV.B de la Orden
HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios
transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión
(Modelo Anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).
- Declaración responsable del técnico firmante del proyecto de que el invernadero
resultante cumple los requisitos mínimos recogidos en el Anexo II del Real Decreto
948/2021, de 2 de noviembre.
- En el caso de grandes empresas, declaración responsable, de que el importe de la
ayuda solicitada corresponde a los costes netos extras de ejecutar la inversión en la zona
en cuestión, frente a la situación contrafactual en la que no hay ayuda.
c) En relación con los criterios de valoración:
- Memoria descriptiva del Plan de Inversión Conjunto (PIC) firmada por el promotor del
PIC en la que se identifique a todos los participantes en el PIC, así como los proyectos de
inversión a desarrollar por cada uno de ellos.
- Certificado del Secretario de la Entidad Asociativa Prioritaria, en el que se indique
que la persona solicitante forma parte de la entidad asociativa prioritaria o de alguna de
las entidades asociativas que la componen.
d) En el caso de oposición a las respectivas consultas de datos:
- Copia del NIF de la persona solicitante y de la persona representante, en su caso.
- Certificado de no encontrarse incurso en procedimiento de concurso voluntario o
insolvencia, en el caso de que manifieste su oposición a la consulta de sus datos de
haber solicitado la declaración de concurso voluntario.
- Certificado de la ausencia de condena mediante sentencia firme, en el caso de
que manifieste su oposición a la verificación de los datos de inhabilitaciones en la BDNS
(Base de Datos Nacional de Subvenciones).
- Certificado sobre otras subvenciones, en el caso de que manifieste su oposición a la
verificación de los datos en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones).
2. Las personas podrán autorizar por escrito a una de las Entidades Habilitadas
reconocidas al amparo de la Orden de 20 de enero de 2022, por la que se efectúa
la convocatoria para la habilitación de entidades en el marco del Plan Nacional de
Recuperación, Transformación y Resiliencia al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2019,
por la que se regula el procedimiento para la habilitación de entidades para la presentación
y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, y se
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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