3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/191-42)
Orden de 20 de septiembre de 2022, por la que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida «Mollete de Antequera».
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022

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c) Los derechos por la prestación de otros servicios que el Consejo Regulador pueda
proporcionar a las personas inscritas, que deberán abonar exclusivamente los operadores
que reciban dichos servicios.
d) Los productos, rentas e incrementos de su patrimonio.
e) Las ayudas, subvenciones y transferencias que pudieran recibir de las Administraciones
Públicas u otros entes públicos o privados.
f) Las donaciones, herencias, legados o cualquier atribución de bienes a título gratuito
realizados a su favor.
g) Las cantidades que pudieran percibirse en concepto de indemnizaciones por daños
y perjuicios ocasionados al Consejo Regulador o a los intereses que representa.
h) Cualquier otro ingreso que proceda.
2. Transcurrido el plazo de ingreso en periodo voluntario de las cuotas obligatorias de
pertenencia y los derechos por prestación de servicios, a los que se refieren las letras a)
y b) del apartado anterior, y no habiéndose efectuado el pago, serán exigibles por la vía
de apremio, según se establece en el artículo 20.2 de la Ley 2/2011, de 25 de marzo.
3. El impago de las cuotas obligatorias constituirá infracción leve en virtud del artículo
42.p) de la Ley 2/2011, de 25 de marzo.

Artículo 25. Régimen contable del órgano de gestión.
1. La contabilidad del Consejo Regulador se regirá por los principios de veracidad,
exactitud, responsabilidad y publicidad. Desarrollará su gestión económica a través de
un presupuesto general ordinario de ingresos y gastos, cuya vigencia coincidirá con el
año natural y que se elaborará bajo los principios económicos de limitación del gasto,
o gasto mínimo, y de equilibrio presupuestario de ingresos y gastos. En él se incluirán
las dotaciones necesarias para hacer frente a las obligaciones derivadas de su normal
funcionamiento y los recursos económicos para atenderlas.
2. El presupuesto será elaborado anualmente por la Secretaría General de acuerdo
con la Presidencia y posteriormente será sometido al Pleno para su aprobación. En caso
de no ser aprobado, deberá ser modificado y presentado al Pleno en el plazo de un mes,
prorrogándose el presupuesto del anterior ejercicio hasta tanto no se aprueben el nuevo.
3. Los ingresos y gastos de gestión del Consejo Regulador estarán totalmente
diferenciados de cualquier otro ingreso o gasto.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Artículo 24. Financiación del órgano de control.
1. En el caso de que el sistema de control sea uno de los establecidos en el artículo
33.1.de la Ley 2/2011, de 25 de marzo, el órgano de control contará con financiación propia
destinada a cubrir los costes del sistema de certificación, con recursos independientes
de los destinados a la financiación de la gestión de la indicación geográfica, que serán
los ingresos obtenidos del cobro de los derechos por prestación de servicios de control,
abonados por los operadores que reciban directamente dichos servicios.
En ningún caso podrá financiarse la certificación mediante el cobro de derechos,
cuotas o tarifas calculados en función directa de la cantidad de producto certificado que
sea producido o elaborado por el operador.
2. Las tarifas correspondientes a los derechos por prestación de servicios de control
deberán establecerse en función del número de controles a realizar al operador y teniendo
en cuenta la extensión, la dimensión de las instalaciones y la capacidad productivas de
las mismas. Dichas tarifas serán aprobadas anualmente por el Pleno y corresponderán a
los siguientes servicios:
a) Controles para la verificación del cumplimiento del pliego de condiciones del
producto.
b) Emisión de informes de certificación conforme a la norma ISO/IEC 17065:2012 o
norma que la sustituya.
c) Análisis, informes y otros servicios.