Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/187-3)
Orden de 14 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la adquisición de lotes bibliográficos destinados a las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «NextGenerationEU» y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022

página 15115/5

Artículo 2. Convocatoria de las ayudas.
1. Se convoca para el ejercicio 2022, en régimen de concurrencia no competitiva, la
concesión de subvenciones reguladas en la presente orden, dirigidas a los municipios o
entidades locales autónomas, ubicados en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para
la adquisición de fondos bibliográficos en papel destinados a las bibliotecas integradas
en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, con cargo a la inversión prevista en
la línea 24.I2.P4. Revalorización de la industria cultural. Dinamización de la cultura a lo
largo del territorio. Dotación de bibliotecas, del Plan de Recuperación, Transformación
y Resiliencia de España, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad,
no discriminación, eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y eficiencia en la
asignación y utilización de los recursos públicos.
2. Se aprueba el formulario de solicitud, que se acompaña como Anexo I, el
formulario de alegaciones/aceptación/reformulación y presentación de documentos, que
se acompaña como Anexo II y el formulario de documentación justificativa del gasto
realizado, que se acompaña como Anexo III.
3. El crédito disponible para la presente convocatoria es de 1.599.360 euros. Las
ayudas se financiarán, con fondos procedentes del Instrumento Europeo de Recuperación
«Next Generation EU», con cargo a la partida del presupuesto de la Consejería de
Turismo, Cultura y Deporte 1800180000 G/45B/76002/00 MR09240204 2022000567,
correspondiente al año 2022.
4. Los sobrantes de crédito que, en su caso, puedan producirse por presentación
de un menor número de solicitudes o bien por solicitudes que no cumplieran con los
requisitos, serán destinados por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte a la
adquisición de fondos bibliográficos con destino a las Bibliotecas Públicas del EstadoBibliotecas Provinciales de Andalucía.
5. La financiación aportada para esta línea de ayudas no es compatible con la
financiación de otros fondos estructurales de la Unión Europea, ni con otras subvenciones
o ayudas concedidas para la misma finalidad, por lo que no cabe que se produzca doble
financiación.
6. La concesión de las subvenciones estará limitada por las disponibilidades
presupuestarias existentes, de acuerdo con el artículo 119.2.j) del texto refundido de la
Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.
7. Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 14.2.a) de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las
subvenciones establecidas en estas bases reguladoras se tramitarán exclusivamente de
manera electrónica.
8. Por cada biblioteca o centro bibliotecario se presentará una solicitud. El plazo de
presentación de solicitudes de las subvenciones será de un mes a partir del día siguiente
al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, según lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, de acuerdo con el modelo establecido en el Anexo I de esta
orden, de forma exclusivamente electrónica, y únicamente a través de la sede electrónica
general de la Administración de la Junta de Andalucía, accediendo a los trámites en la
siguiente dirección: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/inicioOrganismo.xhtml,
en el área de Cultura.
9. Las notificaciones de los actos relativas al procedimiento de concesión de las
subvenciones se realizarán de forma individual, mediante el sistema de notificaciones
electrónicas de la Junta de Andalucía a través de la sede electrónica general de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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mediante Orden de 20 de diciembre de 2019, de la Consejería de la Presidencia,
Administración Pública e Interior (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2019), que se
considera parte integrante de esta norma.
- El cuadro resumen correspondiente.