Disposiciones generales. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/187-3)
Orden de 14 de septiembre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a los municipios y entidades locales autónomas de la Comunidad Autónoma de Andalucía para la adquisición de lotes bibliográficos destinados a las bibliotecas integradas en la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía, dentro del marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, «NextGenerationEU» y se efectúa su convocatoria en el año 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022

página 15115/6

Administración de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/notificaciones,
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31.1 del Decreto 622/2019, de 27 de diciembre,
de administración electrónica, simplificación de procedimientos y racionalización
administrativa de la Junta de Andalucía.
10. La instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden
correlativo de entrada en la sede electrónica general de la Administración de la Junta de
Andalucía y hasta el límite de la consignación presupuestaria.
11. Para acreditar que los fondos bibliográficos han sido adquiridos conforme a
los criterios establecidos en la presente orden, el beneficiario deberá aportar junto al
Anexo III, con fecha máxima el 28 de febrero de 2023, el documento acreditativo de dicha
adquisición, de acuerdo con el modelo denominado «Documento justificativo de obras
adquiridas», que estará a disposición de los solicitantes en la URL que se habilitará al
efecto en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la
siguiente dirección electrónica:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos.html.
12. Así mismo, para acreditar que los fondos bibliográficos adquiridos han sido
incorporados y dados de alta en el Sistema Integrado de Gestión Bibliotecaria hasta
el día 30 de septiembre de 2023, el beneficiario deberá aportar, con fecha máxima el
día 15 de octubre de 2023, el documento acreditativo de dicha integración, de acuerdo
con el modelo denominado «Documento justificativo de obras incorporadas al Catálogo
Colectivo de la Red de Bibliotecas Públicas de Andalucía extraído por medio del Sistema
Integrado de Gestión Bibliotecaria».
Disposición adicional única. Delegación de competencias.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 101 y 102 de la Ley 9/2007, de
22 de octubre, se delegan en la persona titular de la Dirección General de Patrimonio
Documental y Bibliográfico las siguientes competencias:
- Resolver el procedimiento de concesión de las subvenciones reguladas en esta
orden.
- Iniciar y resolver el procedimiento de modificación de la resolución de concesión, así
como el procedimiento de reintegro de las subvenciones concedidas y el procedimiento
sancionador derivado de las infracciones administrativas cometidas en relación con las
subvenciones que se regulan en esta orden.
Disposición final primera. Habilitación.
Se faculta a la persona titular de la Dirección General de Patrimonio Documental
y Bibliográfico, para dictar las instrucciones y adoptar las medidas necesarias para el
desarrollo y ejecución de la presente orden.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 14 de septiembre de 2022
CARLOS ARTURO BERNAL BERGUA

00268388

Consejero de Turismo, Cultura y Deporte

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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